Noticias Locales

SALA PENAL DESNUDA ESCANDALOSA DEFICIENCIA Y MEDIOCRIDAD DE FISCAL

Jalón de orejas. Luego de calificar como pésima, la investigación realizada por la Fiscalía Anticorrupción del Santa; la Sala Penal de Apelaciones ordenó anular el control de acusación y el acta de enjuiciamiento del sonado caso de la Avenida Pardo, donde se había solicitado el archivo por dos de los tres delitos que se perseguía y dispuso una investigación suplementaria de 60 días, antes de emitir un nuevo requerimiento acusatorio.

Este emplazamiento del colegiado penal, que tuvo como ponente al juez superior Carlos Maya Espinoza, advierten deficiencias, omisiones y graves contradicciones en la investigación realizada por el Fiscal Laureano Añanca Chumbe en el sonado caso de la Avenida Pardo.

Por esa razón, le ha otorgado un plazo excepcional suplementario de 60 días para que realice una serie de actos de investigación, entre ellos, incorporando formalmente el informe de la Contraloría General de la República, antes de emitir nuevo pronunciamiento, es decir acusa o sobresee (archiva) la investigación en contra de un grupo de exfuncionarios de la Sub región El Pacífico y un grupo de empresarios constructores por los delitos de colusión, peculado doloso y malversación de fondos.

Con esta decisión, la Sala Penal de Apelaciones deja sin efecto el archivo de los delitos de peculado doloso y malversación de fondos que había planteado el Fiscal Laureano Añanca Chumbe y que fue amparado por el Juez Eudosio Escalante Arroyo, pero además, anula el archivamiento para cuatro de los diez imputados en el delito de colusión.

Son investigados en el sonado caso “Avenida Pardo” la exgerente de la Sub Región El Pacífico, Pamela Bermúdez Rodríguez; los ex integrantes del comité de licitaciones, William Teddy Bejarano Rivera, Enrique Bernardino Godoy Palacios, Cecilia Alfaro García y los empresarios Enrique Pugliesi Paredes, Manuel Villavicencio Ampuero y Wilfredo Torres Pacheco (Consorcio Pardo que ejecutó la obra) y Carlos Cabrera Campos, Blanca Pachas Crisostomo y Julio Quiroz Ayasta (Consorcio Unión Consultores que supervisó la obra).

JALÓN DE OREJAS A FISCALÍA

“Se advierte en autos una pésima investigación. El Fiscal desde el mes de julio del 2010 no habría realizado ni impulsado acto de investigación pertinente y útil alguno; el Fiscal pese a lo informado en mayo del 2013 por el perito Gabriel Galdós Lavado y las acciones solicitadas (una serie de pruebas adicionales de ingeniería civil), no se pronunció al respecto ni ordenó acto de investigación alguno; el Fiscal pese a la inasistencia de los investigados y testigos no procedió a la conducción compulsiva, ni se realizaron las preguntas adecuadas para el esclarecimiento de los hechos” señala la Sala Penal de Apelaciones en su resolución.

Luego añade: “El órgano persecutor del delito (La Fiscalía) pese a exponer correctamente las fases y reglas del proceso del proyecto de inversión pública, omitió identificar y exponer acerca de las razones por las cuales se incrementó el 10% del valor establecido en la fase de preinversión por parte de quienes elaboraron el expediente técnico, omitiendo citarlos y solicitar la información pertinente a la entidad respecto a la variación del monto. Además, el Fiscal fórmula acusación por el delito de colusión contra los representantes de los consorcios, sin embargo, resultando de aplicación los mismos criterios a los integrantes de los mismos, contradictoriamente solicitó el sobreseimiento para algunos” culminan diciendo los jueces superiores.

Agrega que el Fiscal solicitó el sobreseimiento (archivo) del delito de peculado y malversación de fondos cuando ni siquiera se ha practicado la pericia contable que permita ilustrar acerca si se cometieron los delitos imputados o no y si existió o no, responsabilidad penal de los imputados, “solo con la práctica exhaustiva de los actos de investigación omitidos, se podrá determinar si se cometieron o no los delitos imputados por lo que es necesario disponer una investigación suplementaria de 60 días y a la vez deberá anularse de oficio el control de acusación practicado y el acto de enjuiciamiento emitido, debiendo formular al término de plazo, un nuevo pronunciamiento” concluye manifestando la Sala Penal de Apelaciones.

Entre las nuevas diligencias que deberá realizar la Fiscalía Anticorrupción en el caso “Avenida Pardo”, figuran una nueva inspección in-situ de la obra, un levantamiento topográfico de las partidas ejecutadas a la fecha en detalle en el tramo Avenida Aviación hasta el Jirón La Unión para poder realizar la comparación de las partidas proyectadas según el expediente técnico; la incorporación formal del informe de la Contraloría General de la República y la realización de calicatas cada 500 metros (6.00 unidades) para poder determinar el espesor del pavimento y si corresponde a lo indicado en el expediente técnico.

Para la Fiscalía Anticorrupción del Santa, los exfuncionarios de la Sub Región El Pacífico y los empresarios constructores se coludieron para beneficiar a la empresa Consorcio Pardo tanto en la adjudicación de la buena pro como en la ejecución misma de la obra, permitiéndoles que inserten cartas fianzas de entidades no reconocidas por la SBS como COOPEX así como el pago excesivo de valorizaciones que no se condecían con el real avance físico de la obra, entre otras irregularidades. 

Estas irregularidades fueron avaladas por la empresa supervisora “Consorcio Unión.  Consultores” que también se coludió con estas malas prácticas, llegando al extremo de incrementar el presupuesto de 37 millones a 39 millones para la ejecución, donde finalmente se pagó irregularmente hasta 42 millones e incrementando la supervisión de 850 mil soles a 1 millón 100 mil soles.