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DOCUMENTO FALSO NO SURTIO EFECTO Y POR ELLO NO SE DENUNCIO A SERVIDOR

El Fiscal de Nepeña, Richard Contreras Horna descartó que haya existido favorecimiento en la resolución que declaró no ha lugar a formalizar investigación preparatoria en contra del especialista legal del Juzgado de Paz Letrado de Nepeña, Pedro Gabriel Pallaca Castillo, por tramitar fuera del plazo de ley, un escrito de apelación en una demanda por alimentos.

Contreras Horna explicó que la resolución que archiva la investigación se sustenta en el hecho que el documento que utilizó el especialista legal no resultó eficaz ni surtió efecto, porque nunca se adjuntó tasa, no tenía los requisitos de ley y el juez lo rechazó.

“Así se hable de un potencial perjuicio, el mismo nunca existió, porque finalmente el escrito que se presentó fuera del plazo de ley, no surtió efecto porque jamás subió en apelación. Hay delitos en los cuales no existe la tentativa y en este caso no se cumplió con la exigencia que establece que el documento debe ser eficaz para que se consuma el delito, lo cual nunca ocurrió” explicó el representante del Ministerio Público.

“El solo hecho que el Juez haya calificado el escrito rechazándolo de plano, no es un perjuicio, es un trabajo procesal” manifestó Richard Contreras quien dijo además que el sello utilizado, no era falso, sino era un sello antiguo del mismo Juzgado que había dejado de utilizarse.

“El personal que fue interrogado de la propia Fiscalía confirmó que ese sello dejó de usarse. No fue un sello falsificado, sin embargo, en uno de los actuados, se remitió a la Fiscalía Anticorrupción para que se pronuncie y este despacho no encontró elementos para investigar” anotó.

Añadió que la presunta agraviada Jaquelyn Yanerit Herrera de la Cruz presentó queja de derecho sobre su decisión de archivar la investigación, sin embargo, posteriormente, la misma ciudadana ingresó otro escrito subrogando al abogado Nery Arteaga y desistiéndose de la queja planteada.

“Al parecer no le interesa el caso, sin embargo, nosotros hemos elevado todos los escritos, dejando constancia del pedido de desistimiento de la queja de derecho y todo eso tendrá que resolver la Fiscal Superior en su momento” agregó al tiempo que rechazaba tajantemente que haya querido beneficiar a algunas de las partes.

LOS HECHOS

Según la denuncia, el 16 de diciembre del año pasado, el Juez de la causa, emitió sentencia de la demanda por alimentos y ordenó que Juan Alexander Castillo Bernaola entregue una pensión alimenticia a favor de sus tres mejores hijos por el 50% del total de sus ingresos percibidos.

La agraviada Jaquelyn Herrera de la Cruz se mostró disconforme con la sentencia y apeló el 21 de diciembre, sin embargo, ese mismo día que era el último día de plazo, verificó que el abogado del demandado Juan Castillo Bernaola no había formulado apelación, ni tampoco lo hizo el día 22 de diciembre, inclusive la propia responsable de mesa de partes, le dijo que la otra parte no había presentado ningún escrito.

Sin embargo, el día 28 de diciembre fue notificada con una resolución en la cual declaran inadmisible la apelación de Juan Castillo Bernaola donde le otorgan tres días para que subsane con abonar la tasa correspondiente del recurso, razón por la cual de inmediato se apersonó al Juzgado y al revisar el expediente se dio con la sorpresa que existía un escrito ingresado, pero con un sello de recepción distinto al que se utiliza en dicho Juzgado.

Herrera de la Cruz denunció en ese momento al especialista legal Pedro Pallaca Castillo y su propio exconviviente Juan Castillo Bernaola, sin embargo, el Fiscal Richard Contreras Horna terminó archivando la investigación.