Editorial

Editorial: ::: UNA MEDIDA EXCESIVA :::

El Comisario del 21 de Abril, comandante Juan Manuel Linares Gonzales, quien venía realizando una efectiva labor en la mencionada dependencia policial, ha sido separado temporalmente del cargo por una disposición de la oficina de inspectoría de la institución tutelar, la misma que ha iniciado una investigación por la muerte de la joven Mailyn Lucero Varas Quispe quien se quitó la vida colgándose con una frazada en el interior de una celda en donde se hallaba depositada.

Junto a Linares Gonzales también fueron removidos de sus cargos, de manera temporal y mientras duren las investigaciones administrativas, el oficial de permanencia y el agente encargado del calabozo, según lo confirmó a la prensa local el coronel PNP Carlos Díaz Quepuy, jefe de la Oficina de Disciplina e Inspectoría de la Policía Nacional en Chimbote, como ahora se denomina esta dependencia que fiscaliza el desempeño de los efectivos.

Claro, el mencionado oficial advirtió a los periodistas que no se trataba de una sanción, sino de una medida preventiva, cuyo objetivo es no interferir en las investigaciones que se han iniciado, por lo que tanto el oficial como los dos sub oficiales estarán fuera del cargo mientras duren las diligencias que determinarán esclarecer lo que sucedió con la mujer que se quitó la vida.

Hay que precisar que las pesquisas se iniciaron luego que la Oficina de la defensoría del Pueblo en Chimbote pusiera en tela de juicio el accionar del personal policial con ocasión de la intervención y detención de Maylin Varas Quispe, dejando entrever que habría existido un exceso en su internamiento en el calabozo y un maltrato psicológico que podría haber llevado a la mujer a tomar una fatal determinación.

Inclusive, en el informe que evacuó y remitió a los altos mandos de la institución tutelar, el mismo que fue propalado por los medios de comunicación nacional, se afirma que la madre de familia Mailyn Lucero Varas Quispe murió producto de un estrangulamiento, lo que es un craso error en la medida que de ser así se estaría imputando la comisión de un delito porque ese hecho solo puede ser perpetrado por una tercera persona y no es consecuencia de un suicidio.

Justamente, esto es lo que ha rechazado públicamente el ex Comisario del 21 de Abril cuando ha reaccionado frente a los cargos disciplinarios que se han generado en su contra a consecuencia de la intervención de la defensoría del Pueblo, añadiendo que es falso lo que indica el informe de la Defensoría en relación a que se haya violentado psicológicamente a la madre de familia.

Esto es importante remarcarlo en la medida que la defensoría levanta cargos en mérito de informaciones proporcionadas por los familiares, empero, el único familiar que se hallaba en la comisaria era el esposo, quien se había trenzado a golpes con la mujer y por ello ambos debieron ser depositados en los calabozos.

Quien debería haber advertido los movimientos de la suicida y haber evitado que tome la fatal determinación de suicidarse es éste último que se encontraba en una celda contigua, empero, según se dio a conocer, se quedó dormido y no pudo ver nada.

Debemos convenir que es cierto que estamos frente a un hecho trágico que ha acontecido en la dependencia policial, es doloroso ver como una persona que se hallaba en un calabozo pudiera perder la vida de esa manera, pero no avizoramos alguna actitud negligente por parte del personal policial sino es porque decidieron depositar en los calabozos  tanto al hombre como la mujer por la evidencia de lesiones mutuas y en el entendido que en esos casos es el representante del Ministerio Público quien decide qué pasos se van a tomar.

Por lo demás, seguramente ha sido un error del personal policial el hecho de haberle entregado una sábana a la mujer con la cual terminó´ suicidándose, sin embargo, se acusa a los agentes de maltrato cuando la entrega de esta prenda pone de manifiesto su intención de evitar que pase frío mientras esperaban la llegada del Fiscal.

Habrá que esperar entonces el final de la pesquisa para conocer lo que ha sucedido en torno a este trágico hecho, es pertinente demandar que se deslinden las responsabilida-des a la que hubiera lugar, sin embargo, la separación a priori de un oficial que estaba realizando un trabajo efectivo en la dependencia policial se percibe como una medida excesiva que se asume como una suerte de sanción precipitada.

CATEGÓRICA CONDENA

La segunda Sala Penal de la Corte del Santa ha sentenciado la semana pasada al empresario televisivo de la localidad, Jorge Luis Balvis Castro, a quien ha impuesto 8 años de cárcel y el pago de 40 mil soles por concepto de reparación civil.

La condena se expide luego que los magistrados hayan encontrado pruebas en relación al incremento patrimonial injustificado de Balvis Castro y del hallazgo de operaciones anómalas a nivel personal y de su empresa Magestad EIRL que constituyen un desbalance patrimonial de poco más de 300 mil soles.

Además, advirtieron que las cuentas de Balvis Castro, tienen depósitos sospechosos de dinero (de origen desconocido) que se han producido entre los años 2007 y 2010, periodo en el que gobernó la Región Ancash el entonces presidente regional César Álvarez Aguilar y que ascienden a 216 mil 757 soles y 15 mil 320 dólares.

Justamente, Jorge Balvis era identificado en medos locales como “empresario comando” en razón que puso su canal de televisión a disposición de la red de corrupción del gobierno regional con César Álvarez Aguilar a la cabeza, tanto así que apenas cayeron los funcionarios de entonces el empresario se vio precisado a vender su canal, como pretendiéndose deshacer de algo que ta le resultaba incómodo y suspicaz.

Además, los magistrados han hallado un pago sospechoso por parte de la Universidad San Pedro a Jorge Balvis Castro por la suma de 1 millón 397 mil 432 soles por la venta de Canal 25, razón por la cual han dispuesto la remisión de copias certificadas para que se investigue esta venta que se hizo cuando el rector era nada menos que José María Huamán Ruiz, quien ha sido condenado en otro proceso penal.

Todo este dinero, no habría sido cobrado directamente por Jorge Balvis Castro, razón por la cual se busca hacer un deslinde de algún tipo de responsabilidad en la posible comisión del delito de fraude en la administración de personas jurídicas. La decisión de los magistrados responde a una categórica condena que viene a reparar uno de los peores capítulos en la vida institucional de Ancash, aquella que se vio pisoteada y maltratada por quienes se beneficiaron del accionar corrupto en el poder regional.