{"id":104180,"date":"2023-07-20T01:18:38","date_gmt":"2023-07-20T06:18:38","guid":{"rendered":"https:\/\/diariodechimbote.com\/?p=104180"},"modified":"2023-07-20T02:35:09","modified_gmt":"2023-07-20T07:35:09","slug":"funcionarios-de-municipio-de-sihuas-implicados-en-hechos-irregulares","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodechimbote.com\/2023\/07\/20\/funcionarios-de-municipio-de-sihuas-implicados-en-hechos-irregulares\/","title":{"rendered":"FUNCIONARIOS DE MUNICIPIO DE SIHUAS IMPLICADOS EN HECHOS IRREGULARES"},"content":{"rendered":"

Seg\u00fan Contralor\u00eda:<\/b><\/p>\n

La Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica encontr\u00f3 hechos de presunta irregularidad en la Municipalidad Provincial de Sihuas, donde los funcionarios del Comit\u00e9 de selecci\u00f3n otorgaron buena pro a una empresa que no constataba experiencia en proyectos similares a los que se iba a realizar y, adem\u00e1s, present\u00f3 una mayor oferta econ\u00f3mica por S\/. 68,330.59 soles.<\/p>\n

El documento corresponde al Informe de Control Espec\u00edfico N\u00b0 005-2023-2-0345-SCE, la cual est\u00e1 referida al procedimiento de selecci\u00f3n sobre el proyecto de obra: \u201cCreaci\u00f3n del Complejo Tur\u00edstico Municipal de aguas termales del sector Rupaj del Distrito de Huayllabamba\u201d entre el 09 de septiembre del 2022 al 12 de octubre del mismo a\u00f1o. Asimismo, tambi\u00e9n se\u00f1alan que la empresa a la que fue otorgada la buena pro, no cumpli\u00f3 con presentar la documentaci\u00f3n requerida.<\/p>\n

Seg\u00fan detalla dicho informe, los miembros del comit\u00e9 de elecci\u00f3n para la ejecuci\u00f3n de la obra mencionada, mismos que fueron designados por el gerente municipal de la Municipalidad Provincial de Sihuas, no advirti\u00f3 que dentro de los miembros titulares no estaba un miembro que pertenezca al \u00d3rgano Encargado de las Contrataciones de la Entidad. Tambi\u00e9n, realizaron la convocatoria del procedimiento de selecci\u00f3n sin advertir la falta de documento de disponibilidad f\u00edsica del terreno. Son 6 los funcionarios implicados.<\/p>\n

Del mismo modo, los miembros del comit\u00e9 de selecci\u00f3n no admitieron la oferta del Consorcio Milagro, quien ofert\u00f3 el 90% del valor referencia, equivalente a S\/. 690,646.13, aun con haber cumplido con presentar los documentos para su admisi\u00f3n de acuerdo a lo establecido en las bases integradas. Sin embargo, los miembros del comit\u00e9 decidieron desestimar esa oferta y admitieron la de Corporaci\u00f3n V&V Contratistas Generales SAC, a quien le otorgaron la buena pro, con una oferta equivalente al 99% del valor referencia por el monto de S\/. 758,976.72; lo que gener\u00f3 que la Entidad contrate en mejores condiciones.<\/p>\n

En ese sentido, el Jefe de la Oficina de Log\u00edstica y Patrimonio dio tr\u00e1mite y materializ\u00f3 la suscripci\u00f3n del contrato de ejecuci\u00f3n de obra, suscrito por la empresa Corporaci\u00f3n V&V Contratistas Generales SAC, aunque presentaron los documentos incompletos y no acreditaban experiencia ni cargo ocupado por el Residente de obra propuesto. De esa forma, la entidad contrat\u00f3 con una diferencia econ\u00f3mica por S\/. 68,330.59 soles, pero este beneficio para la empresa de la buena pro, inclu\u00eda una utilidad por S\/. 21,149.73.<\/p>\n

Cabe resaltar que el comit\u00e9 de selecci\u00f3n fue designado por el gerente municipal, Jos\u00e9 Ponte Colchado; donde eligi\u00f3 a miembros de la Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano y Rural; y uno de la Gerencia de Administraci\u00f3n y Finanzas y, uno de ellos deb\u00eda pertenecer al \u00d3rgano Encargado de las Contrataciones de la Entidad. Tras ello, Rony Carlos San Martin Sacramento (Presidente), Elenisse Sime\u00f3n Vidal (Primer miembro) y Ciro Ynoki Kusaka Lozano (Segundo miembro); fueron los encargados de conducir y ejecutar el procedimiento de selecci\u00f3n de la ejecuci\u00f3n de la obra y quienes, por unanimidad, aprobaron el proyecto de bases.<\/p>\n

Por ello, se resalt\u00f3 la participaci\u00f3n de algunos funcionarios en los hechos de presunta irregularidad como: Rony Carlos San Martin Sacramento, Presidente y Gerente de Infraestructura y Desarrollo Urbano Rural; a quien le atribuye responsabilidad por haber realizado el c\u00e1lculo inexacto del l\u00edmite inferior valor referencial, tambi\u00e9n por haber convocado al procedimiento de selecci\u00f3n, pese a no contar con el documento de disponibilidad f\u00edsica del terreno y otorgar la buena pro a la empresa, pese a los incumplimientos se\u00f1alados.<\/p>\n

Elenisse Sime\u00f3n Vidal, Primer miembro del comit\u00e9 y gerente de Administraci\u00f3n y Finanzas, quien tambi\u00e9n convoc\u00f3 al procedimiento de selecci\u00f3n, pese a no contar con documentaci\u00f3n del terreno y tampoco haber verificado los documentos de la empresa. Ciro Ynoki Kusaka Lozano, Segundo miembro, quien tuvo las mismas acciones que los dem\u00e1s miembros, transgrediendo los art\u00edculos establecidas en la Ley de Contrataciones del Estado.<\/p>\n

Asimismo, Johan Eder Minaya Paz; Jefe de la Oficina de Log\u00edstica y Patrimonio, por haber tramitado sin observaciones el perfeccionamiento del contrato, pese a que la empresa ganadora de la buena pro no cumpli\u00f3 con presentar todos los documentos establecidos en las bases para la firma del contrato. Sharon Magaly Vel\u00e1squez Qui\u00f1ones; Jefa encargada de la Oficina de Log\u00edstica y Patrimonio, por haber registrado en el SEACE, un documento que no correspond\u00eda a la disponibilidad del terreno y; Jos\u00e9 Luis Ponte Colchado; Gerente Municipal, por haber designado al comit\u00e9 de selecci\u00f3n, pese a que deb\u00eda estar conformado por un miembro del \u00d3rgano Encargado de Contrataciones del Estado.<\/p>\n

Por otro lado, se identific\u00f3 la participaci\u00f3n de terceros como es la de Omar Ra\u00fal Vera Vega; representante legal de la Corporaci\u00f3n V&V Contratistas Generales SAC, quien present\u00f3 su oferta a trav\u00e9s del SEACE; sin embargo, no acredit\u00f3 experiencia en la especialidad requerida.<\/p>\n

Finalmente, ser\u00e1 el Procurador P\u00fablico Especializado en Delitos de Corrupci\u00f3n, el encargado de iniciar acciones penales en contra de los implicados del presente informe de control espec\u00edfico.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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