{"id":105426,"date":"2023-08-04T01:55:42","date_gmt":"2023-08-04T06:55:42","guid":{"rendered":"https:\/\/diariodechimbote.com\/?p=105426"},"modified":"2023-08-04T01:55:42","modified_gmt":"2023-08-04T06:55:42","slug":"pronis-anula-resolucion-048-que-avalaba-contrato-109-con-consorcio-salud-progreso","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodechimbote.com\/2023\/08\/04\/pronis-anula-resolucion-048-que-avalaba-contrato-109-con-consorcio-salud-progreso\/","title":{"rendered":"PRONIS ANULA RESOLUCI\u00d3N 048 QUE AVALABA CONTRATO 109 CON CONSORCIO SALUD PROGRESO"},"content":{"rendered":"

Demoraron 4 meses:<\/b><\/p>\n

El Programa Nacional de Inversiones en Salud \u2013 PRONIS, emiti\u00f3 la Resoluci\u00f3n de Coordinaci\u00f3n General N\u00b0112-2023-PRONIS-CG de fecha 01 de agosto del presente, donde declara la nulidad de la Resoluci\u00f3n N\u00b0048-2023-PRONIS-CG del 22 de marzo del presente, mediante el cual autorizaba la continuaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n del Contrato N\u00b0109-2022-PRONIS, de tal manera que todo indica que se resolver\u00e1 el contrato con el contratista que construye el saldo de la obra del Hospital El Progreso.<\/p>\n

Como se recuerda fue esa Resoluci\u00f3n N\u00b0048 la que permiti\u00f3 avalar todas las irregularidades que se hab\u00edan presentado posteriormente a la licitaci\u00f3n p\u00fablica N\u00b0008-2022-PRONIS, que contrataba la ejecuci\u00f3n de la obra \u201cSaldo de la Obra reformulado del mejoramiento de los servicios de Salud del establecimiento de Salud Progreso, Chimbote, Santa, Ancash\u201d.<\/p>\n

Es decir, el PRONIS despu\u00e9s de cuatro (04) meses y nueve (9) d\u00edas ha optado por declarar la nulidad de esa resoluci\u00f3n totalmente incomprensible e \u00edrrita que le permiti\u00f3 al contratista,\u00a0 <\/span>el Consorcio Salud Progreso continuar con la ejecuci\u00f3n de las obras a pesar que administrativamente no hab\u00eda cumplido con las normas pues hab\u00eda presentado una l\u00ednea de cr\u00e9dito de una Cooperativa de ahorro y cr\u00e9dito que no estaba autorizada por la Superintendencia de Banca y Seguro. Con esa Cooperativa Cristo Rey present\u00f3 una l\u00ednea de cr\u00e9dito de 31 millones de soles, cuando esa entidad no estaba autorizada para emitir ese tipo de documentos.<\/p>\n

Posteriormente ha sucedido una serie de hechos que conllevaron a paralizar la obra pero el contratista estaba atado legalmente, pues la Resoluci\u00f3n N\u00b048 autorizaba la continuidad y ejecuci\u00f3n del Contrato N\u00b0109, lo que indica ahora que el PRONIS al haber anulado la Resoluci\u00f3n N\u00b0048 est\u00e1 en condiciones de resolver ese contrato con el Consorcio Salud Progreso que est\u00e1 integrado por Riva Sociedad An\u00f3nima Inmobiliaria Industrial Comercial Financiera y Agropecuaria Sucursal del Per\u00fa y Consultor\u00eda & Construcci\u00f3n Grupo P\u00e9rgola S.A.C.<\/p>\n

Con la Resoluci\u00f3n N\u00b0112, que obra en nuestro poder, se da cuenta de todos los pasos que se ha seguido desde diciembre pasado cuando se firma el Contrato N\u00b0109 y donde se pone mucho \u00e9nfasis en las opiniones de la Sub Unidad de Ejecuci\u00f3n de Obras, y la Sub Unidad de Log\u00edstica del PRONIS que emitieron criterios que conllevaron a aprobar esa Resoluci\u00f3n N\u00b0048 pero que carec\u00eda de sustentos legales.<\/p>\n

Se\u00f1alan en los considerandos que en el Contrato N\u00b0109 estaba inmerso en causal de nulidad por quebrantamiento del principio de presunci\u00f3n de veracidad que tiene incidencia en la gesti\u00f3n contractual bajo el marco legal de la contrataci\u00f3n p\u00fablica. Indica en los considerandos que la causal de nulidad por quebrantamiento del principio de presunci\u00f3n de veracidad no cont\u00f3 con la debida motivaci\u00f3n exigida para el ejercicio de dicha potestad discrecional. Se hab\u00eda vulnerado el numeral 44.4 del Art. 44\u00b0 de la Ley, en concordancia del numeral 3.4 del Art.3\u00b0 y los numerales 10.1 y 10.2 del Art.\u00b0 10 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.<\/p>\n

En otros de los considerandos se\u00f1ala que la nulidad de un contrato en el marco de la normativa de contrataciones del estado se produce por vicios que pueden afectar el inter\u00e9s p\u00fablico y se debe tener la certeza que la decisi\u00f3n adoptada es producto de un an\u00e1lisis minucioso reflexivo de tal manera que, no exista duda de la imparcialidad y razonabilidad.<\/p>\n

Todo indica que el siguiente paso despu\u00e9s ser\u00e1 la anulaci\u00f3n del Contrato N\u00b0109-2022-PRONI, de tal manera que, el contratista Consorcio Salud deje la obra y se proceda a reiniciar un nuevo proceso con todos los perjuicios que se han ocasionado pues en el segundo proceso el presupuesto se hab\u00eda elevado a 105 millones de soles.<\/p>\n

NOTA DE REDACCI\u00d3N-. Nuestro Diario fue el \u00fanico medio de comunicaci\u00f3n que dio a conocer esa Resoluci\u00f3n N\u00b0048 que sin sustento legal aprobaba la continuidad del Contrato N\u00b0109. Ediciones del 31 de marzo 2023, 1 de abril 2023 y 15 de abril 2023. A estas alturas ya se conoc\u00eda que el contratista hab\u00eda presentado una l\u00ednea de cr\u00e9dito de 31 millones de soles, cuando las normas legales se\u00f1alaban que deb\u00eda presentar una carta de cr\u00e9dito que son expedidas en la banca financiera comercial. A pesar que en el PRONIS ten\u00edan conocimiento que esas l\u00edneas de cr\u00e9dito no ten\u00edan validez, argumentaron afectaci\u00f3n social y afectaci\u00f3n de costos para continuar con el mismo contratista. No tenemos duda al se\u00f1alar que las irregularidades son cometidas al interior del PRONIS y lamentablemente las consecuencias son terribles, porque el hospital deber\u00eda estar pr\u00e1cticamente terminado, si las empresas contratistas hubieran sido serias y el expediente t\u00e9cnico hubiera sido elaborado con eficiencia. Una inversi\u00f3n de 65 millones hoy en d\u00eda est\u00e1 en 105 y para iniciar el tercer proceso, que a estas alturas ya debe estar en curso, seguramente el presupuesto aumentar\u00e1. Pierde la poblaci\u00f3n que no tiene un centro de salud adecuado y moderno, como se supone que ser\u00e1 el Hospital el Progreso y pierde el estado por la enorme cantidad de dinero que se dilapida o que se ha dilapidado en estos dos procesos da\u00f1inos y fallidos, de los cuales todos hemos sido testigos. Anoche nuestro Diario se comunic\u00f3 con la Vicegobernadora Angelly Epifan\u00eda Ch\u00e1vez, pues ella ya deber\u00eda tener informaci\u00f3n al respecto, pero no obtuvo respuestas. No contest\u00f3 a nuestros pedidos. (El Editor).<\/b><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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