{"id":25909,"date":"2019-09-04T06:26:14","date_gmt":"2019-09-04T11:26:14","guid":{"rendered":"https:\/\/virtual.diariodechimbote.com\/2019\/09\/04\/editorial-reveladoras-opiniones\/"},"modified":"2019-09-04T06:26:14","modified_gmt":"2019-09-04T11:26:14","slug":"editorial-reveladoras-opiniones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodechimbote.com\/2019\/09\/04\/editorial-reveladoras-opiniones\/","title":{"rendered":"Editorial: ::: REVELADORAS OPINIONES :::"},"content":{"rendered":"
E<\/span>sta semana ser\u00e1 crucial para la protesta que han emprendido los trabajadores de la Municipalidad Provincial del Santa con relaci\u00f3n al reclamo que ha iniciado el Sindicato que los agremia, demandando el pago del incremento remunerativo establecido por un convenio colectivo suscrito por el ex alcalde de paso Neptal\u00ed Brice\u00f1o Porras.<\/span><\/p>\n Ello porque se espera el pronunciamiento de SERVIR; el organismo del Estado que tiene competencia respecto a los procedimientos de \u00edndole laboral en el sector p\u00fablico y ante cuya instancia se ha elevado en consulta el documento mencionado que ha generado una verdadera crisis en las buenas relaciones que deben predominar entre la administraci\u00f3n y la masa laboral de la casa consistorial de Chimbote.<\/span><\/p>\n Y es que todo indica que los trabajadores de la comuna provincial no ceder\u00e1n en su reclamo hasta que no se conozca el pronunciamiento de este organismo en la medida que ya se han adelantado opiniones que recusan el cumplimiento de un pacto colectivo que no se ha suscrito dentro de las formalidades de la ley y que, a estas alturas, es posible que se decrete su nulidad.<\/span><\/p>\n Estos pronunciamientos est\u00e1n relacionados a la opini\u00f3n emitida por el Director Regional de Trabajo de Chimbote, Iv\u00e1n Hern\u00e1ndez Carrasco, as\u00ed como por la oficina de Control Institucional de la Comuna Provincial del Santa que, como ya es de dominio p\u00fablico, no es una entidad que dependa de la administraci\u00f3n municipal sino que ejerce sus funciones en nombre y representaci\u00f3n de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica.<\/span><\/p>\n En el primer caso, la voz autorizada de la autoridad laboral en nuestra regi\u00f3n, es decir, el Director Regional de Trabajo ha sido claro y directo al se\u00f1alar los escenarios legales que existen en este momento para la validez de un convenio colectivo y ellos pasan por el cumplimiento de procedimientos que se han omitido en el caso de la Municipalidad Provincial del Santa.<\/span><\/p>\n El abogado Iv\u00e1n Hern\u00e1ndez ha advertido que en este caso del convenio colectivo de la Municipalidad Provincial se debe establecer, previamente, si se encuentra dentro del campo de aplicaci\u00f3n de la ley servir o si est\u00e1 encuadrado dentro del r\u00e9gimen legal vigente antes de la promulgaci\u00f3n de esta ley.,<\/span><\/p>\n Sin embargo, en ambos casos la suerte del irregular incremento remunerativo dispuesto entre bambalinas el a\u00f1o pasado esta virtualmente echada, pues en el primer caso de la ley SERVIR ha establecido desde el a\u00f1o 2014 que est\u00e1 terminantemente prohibido que los convenios colectivos dispongan incrementos remunerativos y que por esta via solo se discuten la mejoras de las condiciones laborales.<\/span><\/p>\n En el caso de la ley anterior est\u00e1 establecido que los convenios que impliquen los aumentos de orden remunerativo solo tendr\u00e1n efecto cuando se cuente con los informes t\u00e9cnicos de las \u00e1reas competentes que permitan habilitar la existencia de los recursos suficientes como para cubrir esos aumentos.<\/span><\/p>\n Esto quiere decir que si es que no existen los informes de las \u00e1reas de presupuesto y administraci\u00f3n que admitan que se cuenta con los recursos para disponer un aumento, ese convenio colectivo est\u00e1 viciado de nulidad, no puede ejecutarse porque est\u00e1 violando la ley.<\/span><\/p>\n Curiosamente, esto es lo que hab\u00eda advertido el alcalde Roberto Brice\u00f1o Franco cuando asumi\u00f3 el cargo y se encontr\u00f3 con \u201cla bomba de tiempo\u201d que le dejaron el ex alcalde y el Sutramun, aquel convenio que se hizo a la medida del oportunismo de la anterior gesti\u00f3n que firm\u00f3 lo que ellos no iban a pagar sino que tendr\u00edan que asumirlo las nuevas autoridades que accedan al cargo.<\/span><\/p>\n Al margen de la cobard\u00eda que supone un acuerdo de esta naturaleza, pues en todo caso deber\u00eda hacerse en a\u00f1os anteriores cuando la misma administraci\u00f3n deber\u00eda asumir el costo, lo que se vislumbra es la festinaci\u00f3n de tr\u00e1mites para poder aprobar un convenio colectivo en menos de un mes, el \u201csalto con garrocha\u201d a las obligaciones t\u00e9cnicas y legales que deber\u00edan sustentar un convenio que implica un incremento de las remuneraciones.<\/span><\/p>\n De este mismo temperamento ha sido la Oficina de Control Institucional de la Municipalidad Provincial del Santa que la semana pasada ha emitido el Informe 113-2019\u00c2\u00c2\u00c2\u00a0 en el que ha concluido que \u201cla negociaci\u00f3n, aprobaci\u00f3n y pagos de incremento remunerativos v\u00eda convenios colectivos por parte de la entidad, adem\u00e1s de contravenir la normativa administrativa y presupuestaria vigente, podr\u00eda ocasionar que se afecten los recursos de la entidad comprometiendo el logro de sus objetivos\u201d.<\/span><\/p>\n M\u00e1s claro ni el agua, lo que llama la atenci\u00f3n es que este documento se conoce de manera interna en la comuna provincial desde el pasado mi\u00e9rcoles 28 de agosto, es decir, un d\u00eda antes que una facci\u00f3n del Sindicato de Trabajadores arremetiera de manera violenta en la sesi\u00f3n de concejo y lanzar insultos y amenazas contra el alcalde y los funcionarios de la actual administraci\u00f3n edil, un acto de violencia que es inaceptable y que ya deber\u00eda haber sido denunciado ante los fueros correspondientes.<\/span><\/p>\n Lo que deja la sensaci\u00f3n por la fecha de este revelador dictamen es la reacci\u00f3n irracional de un grupo del gremio sindical que, aparentemente habr\u00eda tomado conocimiento del dictamen de Control institucional y haya decidido \u201cpatear el tablero\u201d antes que pudiera ser de conocimiento p\u00fablico.<\/span><\/p>\n En lo esencial se debe considerar que dos organismos t\u00e9cnicos, que manejan las normas y dispositivos relacionados con la legalidad de los actos de los funcionarios del sector p\u00fablico, han coincidido en se\u00f1alar que el incremento remunerativo que se ha implementado con el convenio colectivo del a\u00f1o pasado no cumple con los requerimientos legales, ha sido ingresado de contrabando, con intereses de tipo pol\u00edtico y gremialista, por lo que no puede tener el car\u00e1cter imperativo y obligatorio para las partes.<\/span><\/p>\n Es evidente que los servidores municipales seguir\u00e1n insistiendo, sin embargo, no se puede soslayar que estamos ante reveladoras opiniones que ya deber\u00edan traducirse en medidas que pongan punto final a este conflicto que no solo hace da\u00f1o a la ciudad de Chimbote sino que agudiza las grietas al interior de la comuna provincial.<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":" Esta semana ser\u00e1 crucial para la protesta que han emprendido los trabajadores de la Municipalidad Provincial del Santa con relaci\u00f3n al reclamo 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