{"id":38880,"date":"2020-10-30T01:47:02","date_gmt":"2020-10-30T06:47:02","guid":{"rendered":"https:\/\/diariodechimbote.com\/?p=38880"},"modified":"2020-10-30T02:03:19","modified_gmt":"2020-10-30T07:03:19","slug":"actualidad-y-politica-464","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodechimbote.com\/2020\/10\/30\/actualidad-y-politica-464\/","title":{"rendered":"ACTUALIDAD Y POL\u00cdTICA"},"content":{"rendered":"

PERJUICIO<\/b><\/p>\n

El caso del Polic\u00eda que, en estado de ebriedad, atropell\u00f3 de consideraci\u00f3n a un ciudadano venezolano hab\u00eda capturado la atenci\u00f3n de los lectores en la medida que arrastraba un nuevo caso de indisciplina y esc\u00e1ndalo para nuestra entidad tutelar. Claro que ella no puede cargar con el muerto de los sub oficiales irresponsables que deciden dejar de lado su condici\u00f3n y se ponen a libar licor en lugares p\u00fablicos, lo peor es que protagonizan hechos bochornosos o accidentes, como ha ocurrido en este caso con el S.O. Christian Aguado Rodr\u00edguez. Pero la expectativa que se hab\u00eda generado es que en la v\u00edspera de la audiencia en la que deber\u00eda deslindarse su suerte, se pudo conocer que el abogado de la defensa del efectivo policial estaba buscando la forma de llegar a un acuerdo indemnizatorio con el agraviado a efectos que, por la v\u00eda del principio de oportunidad, se evite una denuncia penal y el proceso judicial que perjudicar\u00eda la foja de servicio de su cliente. Claro, que no sabemos cuanto podr\u00eda afectar ello a su foja de servicio que, de acuerdo a nuestras averiguaciones, ya est\u00e1 bastante cargada por casos de indisciplina pues fue retirado de la comisar\u00eda de Pariacoto precisamente por ello. Pero este acuerdo no se consolid\u00f3, no hubo aceptaci\u00f3n de la otra parte, as\u00ed que el fiscal se vio precisado a denunciar al Polic\u00eda pero lo hizo demandando un proceso inmediato y una prisi\u00f3n de tres meses. Lamentablemente, este pedido lleg\u00f3 sin que el representante del Ministerio P\u00fablico haya completado la investigaci\u00f3n, el Juez advirti\u00f3 que ni siquiera hab\u00eda recabado la declaraci\u00f3n del agraviado y no hizo la correcta tipificaci\u00f3n, dejando de lado delitos claves como lesiones graves culposas o abandono de personas en peligro, que son los delitos id\u00f3neos para este procesamiento. Entonces no hab\u00eda otra salida que dejar en libertad al efectivo policial a pesar de la gravedad del delito, las condiciones en las que se encontraba y su condici\u00f3n de miembro de la Polic\u00eda Nacional, por ello ha sido encausado en un proceso com\u00fan en el que se le han fijado comparecencia con restricciones y debe cumplir las normas de conductas bajo apercibimiento de ser trasladado al penal. Un premio para el custodio que deber\u00e1 pagar la cauci\u00f3n de cinco mil soles para irse a su casa. Nos imaginamos que este mismo hecho derivar\u00e1 en una investigaci\u00f3n disciplinaria al interior de la Polic\u00eda.<\/p>\n

REVISION<\/b><\/p>\n

Pero muchos se preguntar\u00e1n si esta clase de errores entre los operadores del derecho pueden pasar piola y la respuesta es negativa. Por ejemplo, en estos d\u00edas la Sala Penal de Apelaciones revisar\u00e1 la condena dictada por un Juzgado colegiado contra un sujeto que en la v\u00eda p\u00fablica arrebat\u00f3 el revolver a un efectivo policial con el cual lo amenaz\u00f3. La Fiscal\u00eda lo hab\u00eda acusado por delito de Peligro Com\u00fan en la modalidad de arrebato del armamento policial, figura en la que demandaba la aplicaci\u00f3n de una pena no menor de 10 a\u00f1os de c\u00e1rcel efectiva. Sin embargo, por razones que la fiscal\u00eda no entiende, los magistrados variaron la figura delictiva en juzgamiento y procedieron a condenar al responsable por delito de resistencia a la autoridad en la modalidad de violencia contra la autoridad en el ejercicio de sus funciones, con la cual conden\u00f3 al responsable a tres a\u00f1os de prisi\u00f3n suspendida, orden\u00e1ndose la inmediata excarcelaci\u00f3n del sentenciado. En realidad, si exist\u00eda controversia en relaci\u00f3n a la tipicidad, ella deber\u00eda haberse aplicado con conocimiento del Ministerio P\u00fablico, es la fiscal\u00eda quien tiene el monopolio de la acci\u00f3n penal y si en caso un fiscal provincial discrepa con el Juzgado esa dirimencia debe resolverla el superior. Aqu\u00ed ha existido un craso error que algunos asumen como una movida para favorecer al inculpado. Veremos que dice la Sala que en estos d\u00edas debe convocar a la audiencia de apelaci\u00f3n.<\/p>\n

PROTOCOLO<\/b><\/p>\n

La Municipalidad Provincial del Santa ha realizado anteayer un operativo de sensibilizaci\u00f3n a efectos de recordar a transportistas y pasajeros que este servicio solo puede funcionar bajo la aplicaci\u00f3n de protocolos, como el uso de la m\u00e1scara facial y otros. Aunque suene a chiste de mal gusto, en todos estos siete meses de pandemia la comuna provincial no ha podido infraccionar a un solo transportista ni exigir el cumplimiento de los protocolos sanitarios en el transporte de pasajeros porque carece de una ordenanza que respalde lo que es su obligaci\u00f3n, para hacer respetar los protocolos. Una real majader\u00eda que solo pone en evidencia la inacci\u00f3n y pasividad de algunas dependencias p\u00fablicas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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