Por delito de enriquecimiento ilícito:
• Sala confirma que hubo un desbalance de 384 mil soles en ingresos que registró Luis Arroyo Guevara.
• Ordenan enviar copias a Fiscalía Especializada para que lo investiguen por lavado de activos.
Asistente jurisdiccional lee sentencia de Sala Penal de Apelaciones, donde se confirmó condena de 5 años de prisión efectiva contra Luis Arroyo Guevara.
Escondido. Desde la noche de ayer, la Policía Judicial le sigue los pasos a Luis Arroyo Guevara, exabogado de César Álvarez Aguilar, tras confirmarse en la Sala Penal de Apelaciones, la sentencia condenatoria de 5 años de prisión efectiva que le impuso la Jueza Patricia Peralta Gambini, por el delito de enriquecimiento ilícito en agravio del Estado.
Los vocales Olga Vanini Chang (ponente), Carlos Maya Espinoza y Niczon Espinoza Lugo, declararon infundado el recurso de apelación del sentenciado Luis Arroyo Guevara y ratificaron la sentencia inicial de la Jueza Patricia Peralta Gambini en todos sus extremos.
Para los magistrados, está probado que Luis Arroyo Guevara se aprovechó de su condición de funcionario en los años 2009- 2010, para lucrarse con recursos del Estado, no habiendo podido demostrar en juicio, de manera coherente, sólida y veraz, el incremento injustificado de su patrimonio por 384 mil 753.12 soles.
La Sala Penal de Apelaciones concluyó que este incremento global comprende 3 causas, la primera referida a un desbalance entre sus ingresos y egresos remunerativos que arrojó un patrimonio no justificado por la suma de 45 mil 912.92 soles.
ÂÂ En segundo lugar, durante su periodo de funcionario regional, está probado que hubo dos depósitos de origen desconocido a sus cuentas del Banco Continental (BBVA), uno por la suma de 80 mil 542.00 soles (a la cuenta MN 0011295-0200539244), y otro por la suma de 11, 900.00 dólares, equivalente a 33 mil 428.20 (a la cuenta MN 00112950200492744), haciendo un total de ingresos sin justificación por la suma de 113 mil 970.20 soles.
Los Jueces Superiores también mencionan como tercera causa del desbalance patrimonial, la adquisición (durante el periodo 2009- 2010), de 4 vehículos identificados con los números de placa H1G-860, H1B-995, H1E-934 y T2B-998, los 3 primeros, que fueron vendidos a su persona por la empresa Inversiones, Comercio y Servicios de Chimbote S.C.R.L. (INSECHIM), de la cual fue socio fundador, a precios ínfimos respecto a sus precios de compra y sin sustento del desembolso realizado, y el último, que fue utilizado como aporte al capital para la empresa Bralexi S. A. C. (Bralexi), de la cual también fue socio fundador, sin justificación de donde lo obtuvo, siendo en suma, adquisiciones no justificadas, por un valor de 224 mil 87 soles.
Los magistrados también resaltan que el investigado no ha podido rebatir las conclusiones periciales y menos justificar de donde obtuvo descomunal diferencia de ingresos, “su defensa y justificación ha sido inconsistente y se ha limitado a detallar ingresos, con documentos no fiables y carentes de idoneidad contable, como declaraciones juradas y recibos sin número.
“Declaramos infundada la apelación del sentenciado Luis Fernando Arroyo Guevara y en consecuencia confirmamos la sentencia recaída en la resolución del 27 de noviembre del año 2015 que lo condenó a 5 años de prisión efectiva como autor del delito de enriquecimiento ilícito” señala la resolución de la Sala Penal de Apelaciones que además, ordena su inmediata captura e internamiento en el Penal de Cambio Puente.
Finalmente la resolución, ordena remitir copias certificadas a la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, para que investigue a Luis Arroyo Rojas por sus ingresos en los años en los que no se desempeñó en la funciónÂÂ pública y que tampoco estarían justificados.