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JUEZ WALTER RAMOS HERRERA DIO VALIDEZ A UNA CARTA NOTARIAL FALSA QUE FUE DESESTIMADA POR EL PODER JUDICIAL

Sin embargo, dos magistrados probos no firmaron ponencia:

• En el sonado caso de la embarcación pesquera “Don Abelardo”, legítimo dueño Pedro Betancourt Morillas obtiene dos fallos a favor que rechaza demanda de Sebastián Novoa Porras que quiso adueñarse de nave, sin pagar un solo sol.

• Jueces Superiores Anita Alva Vásquez y Oscar Pérez Sánchez votaron para que se declare infundada la demanda interpuesta por Novoa Porras, sin embargo, Juez Superior Walter Ramos Herrera, que había sido cuestionado por parcialización, votó distinto con argumentos falaces.

• Sala Civil ha convocado al magistrado provisional Pedro Rodríguez Huayaney para que dilucide caso y hoy jueves 26 de enero es la vista de la causa.

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Juez Superior Provisional, Pedro Rodríguez Huayaney tiene alta responsabilidad. Juez Superior Walter Ramos Herrera, denunciado por Prevaricato.

Aún hay jueces probos en la Corte Superior de Justicia del Santa. Con una impecable resolución, los jueces superiores titulares Anita Alva Vásquez y Oscar Pérez Sánchez revocaron la ilegal y prevaricadora resolución de primera instancia que declaró fundada una absurda demanda que entregó la embarcación pesquera “Don Abelardo” a un individuo que nunca pagó un sol por dicho bien y que por el contrario utilizó documentos falsos para intentar quedarse con la nave pesquera.

Los jueces superiores Anita Alva Vásquez y Oscar Pérez Sánchez, en un fallo con arreglo a ley, desnudaron las precariedades de la demanda Sebastián Novoa Porras que quizo adueñarse de la embarcación pesquera “Don Abelardo” sin pagar un solo sol, y, desestimaron uno por uno, todos los argumentos falaces que trataban de justificar por qué no pagó un solo sol del contrato que suscribió el pasado 20 de mayo del año 2004 y que lógicamente fue dejado sin efecto, al no cumplir su compromiso contractual.

Sin embargo, lo más sintomático del voto de estos dos correctos jueces superiores, es que se apartaron y rechazaron la ponencia que les llevó el juez superior Walter Ramos Herrera, quien había elaborado una resolución escandalosamente prevaricadora, donde no solo confirmaba la ilegal resolución de primera instancia, sino que en el colmo del escándalo judicial y en una conducta que le hace daño a la administración de justicia, le otorgaba validez a una carta notarial enviada supuestamente por Sebastián Novoa Porras, que ha sido declarada falsa y que fue tachada plenamente dentro de este mismo proceso.

¿Como puede un Juez Superior Titular, que se digna en llevar una medalla en el pecho de tan importante responsabilidad jurídica, darle validez y consignar como argumento de su razonamiento, a una carta notarial que ya fue declarada falsa en el mismo proceso judicial y que inclusive fue materia de una denuncia penal por parte de la propia Notaria Rosa María Fonseca Lí, que demostró que ni el sello, ni la firma, le correspondían?, se preguntó la mañana de ayer, Pedro Antonio Betancourt Morillas, dueño de la embarcación pesquera Don Abelardo, a quien le quieren arrebatar su nave con malas artes y bajo la penosa costumbre del “cabezazo”.

En efecto, Walter Ramos Herrera, en un comportamiento sospechoso y prevaricador, según explicó ayer Pedro Betancourt Morillas, indica en su resolución judicial (la tuvo que firmar solo porque los jueces Anita Alva Vásquez y Oscar Pérez Sánchez se negaron a hacerlo), que el vendedor de la embarcación “Don Abelardo”, Pedro Casana Alencastre no podía anular y riscindir el contrato con Sebastián Novoa Porras, porque no había cumplido con todas las prestaciones a las cuales se obligó, “máxime, si el comprador Sebastián Novoa Porras cumplió con contestar la carta notarial remitida por el demandado Pedro Casana Alencastre a través de la carta notarial que corre en folios 7 y 8 en la cual da a conocer las razones por las cuales, no ha cumplido en pagarle el precio de la embarcación pesquera “Don Abelardo” señala el controvertido magistrado.

Ramos Herrera firmó su resolución dandole validez a una carta falsa, a una carta apócrifa, a un documento que ya fue desestimado por los operadores de justicia en diversas instancias, lo que evidencia que no actúa con arreglo a ley, sino todo lo contrario.

Inclusive, Sebastian Novoa Porras en su desesperación por introducir esta carta falsa al proceso, presentó un peritaje de parte a cargo del perito Wilfredo Ponce Herrera, sin embargo, el mismo fue desvirtuado por los peritos judiciales Rocío Carranza Sandoval y Homero Sifuentes Alcántara, quienes concluyeron que la firma de la Notaria Rosa Fonseca Lí, era falsa, tal como ésta última también lo corroboró en juicio.

Es decir, Novoa Porras quiso sorprender a la justicia con una carta falsa, pero jueces probos no se lo permitieron y han zanjado el tema, ratificando que el valor probatorio de dicho documento está descartado. Inclusive el juez de primera instancia declaró fundada la tacha y descartó la carta falsa y nadie impugnó en ese extremo su decisión.

“Walter Ramos Herrera hace mención a una carta notarial que ha sido declarada falsa en este proceso judicial y que la propia Notaria María Fonseca Lí, denunció que no contenía ni sus sellos, ni sus firmas, sin embargo, es considerada como válida por este magistrado que a todas luces ha prevaricado y que deja muy mal parado a la magistratura en Chimbote porque revela que hay jueces que son capaces de hacer cualquier cosa con tal vez de satisfacer los intereses oscuros de terceras personas” denunció Pedro Betancourt Morillas.

“¿Como puede un magistrado sustentar su razonamiento jurídico en una carta falsa?, con una carta que ha sido tachada dentro del mismo proceso civil y que además, en ese extremo no fue impugnado ni por el supuesto agraviado, pues no hay forma de darle validez a ese documento trucho, sin embargo, el juez Walter Ramos Herrera, en el colmo de la audacia, dice lo contrario y lo reconoce como verdadero. Por hechos como éstos, Walter Ramos Herrera se quedó solo con su ponencia y la misma no fue firmada por los jueces superiores Anita Alva Vásquez y Oscar Pérez Sánchez” reveló Pedro Betancourt Morillas quien el último martes 24 de enero ha denunciado penalmente por prevaricato ante la Fiscalía Suprema de Control Interno y lo ha quejado ante la OCMA al Juez Walter Ramos Herrera.

Por esa razón, el actual y legítimo dueño de la embarcación pesquera “Don Abelardo”, emplazó al juez superior provisional Pedro Rodríguez Huayaney para que actúe conforme a ley y no se deje presionar por esas fuerzas oscuras que aparecen cada cierto tiempo en la Corte Superior de Justicia del Santa para torcer la justicia. “Cómo es posible que alguien que preside una Sala Civil le otorgue validez a una carta notarial falsa. Lo hecho por Walter Ramos Herrera no solo es vergonzoso, sino que afecta la imagen de la administración de justicia porque se ha coludido para torcer la ley y le de la razón a un estafador, sin embargo, los otros dos vocales de dicha Sala, votaron distinto y con argumentos sólidos y reales, declararon infundada la demanda de nulidad de asiento registral que planteó Sebastián Novoa Porras” indicó Pedro Betancourt Morillas quien dijo que viene gestionando una reunión con el presidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez Tineo para que tenga conocimiento de este accionar.

ARGUMENTOS RAZONABLES

En esta demanda, ya existen hasta cuatro jueces superiores que se han pronunciado en favor de declarar infundada la demanda de nulidad de asiento registral iniciada por Sebastián Novoa Porras. Anteriormente, los jueces superiores Flor de María Guerrero Saavedra, Julio César Velásquez Roncal y ahora los vocales Anita Alva Vásquez y Oscar Pérez Sánchez, todos ellos de intachable conducta jurisdiccional, han votado para que se declare infundada la demanda.

En este último caso, se requiere un voto más, para que concluya el proceso, razón por la cual se ha convocado al Juez Superior Provisional Pedro Enrique Rodríguez Huayaney para que emita su voto en esta causa. La audiencia de vista de la causa ha sido programada para hoy jueves 26 de enero a las 11 de la mañana y el referido magistrado tiene la gran oportunidad de administrar justicia con corrección, sin dejarse presionar ni manipular por fuerzas oscuras que están detrás de Sebastián Novoa Porras.

En la resolución firmada por los jueces superiores titulares Anita Alva Vásquez y Oscar Pérez Sánchez desestimaron uno por uno, los argumentos falaces del demandante Sebastián Novoa Porras, quien dice que no pagó los 300 mil dólares por la embarcación pesquera Don Abelardo porque supuestamente no se habían levantado un gravamen que pesaba sobre la nave, además porque tenía dificultades operativas y en tercer lugar porque respondieron el emplazamiento de pago con una carta notarial de fecha 26 de diciembre del año 2005.

Sobre este último punto, los jueces superiores Anita Alva Vásquez y Oscar Pérez Sánchez dicen en su resolución: “los peritos judiciales Rocío Carranza Sandoval y Homero Sifuentes Alcántara han concluido que la firma contenida en la carta del 26 de diciembre ha sido falsificada, en ese sentido, el valor y eficacia probatoria de dicha documental quedó absolutamente descartada, quedando plenamente establecido que el demandante nunca envió respuesta a la carta de fecha 22 de diciembre del año 2005 cursada por Pedro Casana Alencastre, pese a estar debidamente notificado.

Otro punto que los vocales Alva Vásquez y Pérez Sánchez desestimaron, es cuando Sebastián Novoa Porras alega que no se podía rescindir el contrato porque el vendedor Casana Alencastre no había realizado el levantamiento de la hipoteca anotada en favor del Banco Industrial del Perú.

“En cuanto a la hipoteca de 1975 que se hace referencia, se puede deducir a todas luces que por el tiempo transcurrido la caducidad había operado de pleno derecho, en consecuencia dicho gravamen no constituía riesgo alguno que afecte el derecho de propiedad del nuevo adquiriente” señalan los jueces.

“El vendedor (Paulino Casana Alencastre) cumplió con su prestación, esto es la entrega del bien objeto del contrato, otorgar la escritura pública y su inscripción en registros públicos; sin embargo, el comprador no cumplió con su obligación de cancelar el precio del bien en la fecha acordada y por eso el vendedor se vio obligado a emplazarlo vía notarial otorgándole un plazo de 15 días para que lo haga, pero tampoco cumplió con hacerlo, en consecuencia la demanda deberá desestimarse y revocarse la venida en grado” culminan diciendo los magistrados.