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ALCALDE DE BUENAVISTA PODRÍAN SER CONDENADO TAMBIÉN A PENA EFECTIVA

Coinvestigados reconocieron delito:

• Hoy se realizará audiencia clave sobre proceso penal que se le sigue.
• Dos investigados se acogieron a conclusión anticipada y han reconocido que junto a burgomaestre cometieron el delito en obra de mantenimiento en puente Huanchoy.

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Juicio oral contra Alcalde de Buenavista Alta en Casma, hoy tendrá audiencia clave. Al costado, alcalde Tomás Polo Agape.

Para la Procuraduría Anticorrupción del Santa, la situación del alcalde de la Municipalidad distrital de Buena Vista Alta en la provincia de Casma, Tomás Marcelo Polo Agape está seriamente comprometida en razón que el dueño de la empresa contratista Juan Raúl León Flores y su ex funcionario José Neptalí Vega Díaz, reconocieran su responsabilidad penal, se acogieran a la conclusión anticipada y admitieran que si hubo colusión para ser favorecidos con una obra por emergencia.

Por esa razón, el día de hoy, cuando se reanude el juicio oral, será trascendental la versión que brinden los testigos impropios Juan Raúl León Flores y José Neptalí Vega Díaz; sin embargo, la Procuraduría Anticorrupción del Santa ha advertido una voluntad por parte de la defensa técnica del cuestionado alcalde, para que no declaren, con lo cual buscaría salir bien librado de esta grave acusación.

Corresponderá al Juez Efer Díaz Uriarte, disponer los apercibimientos que señala la ley para los sentenciados con penas suspendidas y disponer su asistencia obligatoria al juicio, bajo la revocatoria de su pena suspendida por prisión efectiva. Como se sabe, tanto León Flores como Vega Díaz han sido condenados a tres años y seis meses de prisión suspendida a tres años y al pago de una reparación civil de 8 mil soles a razón de 4 mil soles cada uno.

Dicha sanción penal suspendida podría convertirse en efectiva si es que ambos condenados no cumplen con las citaciones judiciales y los apercibimientos que ha dispuesto el magistrado. Será el Juez quien emita los apercibimientos necesarios para garantizar su interrogatorio en juicio y tener más luces de lo que realmente ocurrió.

CON UN PIE EN LA CÁRCEL

Al iniciarse el juicio oral, el gerente general de la empresa Constructora EIFEEL. S.A.C, Juan Raúl León Flores y el Jefe de la División y Desarrollo Urbano, rural y obras de la Municipalidad de Buena Vista Alta, José Neptalí Vega Díaz, han reconocido abiertamente que si hubo colusión en la obra de mantenimiento del puente Huanchoy sobre el río se Sechín, que se encuentra ubicado en el distrito de Buena Vista en la provincia de Casma.

Además, reconocieron que fue en una sesión de concejo donde el alcalde puso como agenda que para concretar la ejecución de esta obra tenía que darse la declaratoria de emergencia en el pleno y se contrate directamente vía exoneración al proceso de selección beneficiando a la Empresa Constructora EIFEEL. S.A.C, por el importe de 73 mil 859.50 soles.

Toda esta contratación amañada se dio en marzo del año 2010 y la obra fue considerada como mantenimiento, no cumpliendo con los requisitos que establece la Ley de Contrataciones del Estado, lo que habría generado un perjuicio económico, establecido con un informe pericial a cargo del ingeniero Gabriel Galdos, entonces perito del Ministerio Público y que corroboró una sobrevalorización de 38 mil 652.76 soles.

Para la Fiscalía, todos estos hechos precedentes, concomitantes y posteriores advierten una grave responsabilidad en el alcalde Tomás Marcelo Polo Agape quien como titular del pliego tenía el control de la designación de los funcionarios y fue la persona que puso en agenda la declaratoria de emergencia para conseguir una exoneración que permita contratar directamente con la empresa Constructora EIFEEL. S.A.C.

Para ello, fue trascendental la participación del cuarto imputado, el asesor legal Alex Mesías Bocanegra Meléndez, quien preparó la documentación legal con la finalidad de justificar la exoneración del proceso de selección para el mantenimiento de este puente.

La Procuraduría Anticorrupción del Santa ha solicitado que los imputados devuelvan los 38 mil 652.76 soles del precio sobrevalorado del mantenimiento y adicionalmente paguen como reparación civil la suma de 12 mil soles.