Con cuestionable decisión ayer:
Basado en contradicciones del denunciante y testigo respecto de un video de la intervención a Cristian Salcedo García, la existencia de elementos de arraigo y que la probable pena de cárcel a imponer no superaría los cuatro años, el juez Luis Pérez Granados dejó en libertad al acusado de haber agredido a un efectivo de la Policía Nacional quien en adelante será investigado con mandato de comparecencia restringida.
Es por estos motivos que el magistrado del Poder Judicial declaró infundado el pedido de prisión preventiva de nueve meses que el fiscal José Horna Alvarez había solicitado para Salcedo García acusado de haber causado lesiones en el rostro al SO César Castillo Cribillero agredido físicamente tras una persecución de intervención por conducir su camioneta en estado de ebriedad.
La audiencia se llevó a cabo ayer domingo y en ella el representante del Ministerio Público había presentado sus elementos de convicción por los delitos de desobediencia y resistencia a la autoridad, conducción de vehículo en estado de ebriedad y lesiones.
Un video de la persecución donde se observa que el investigado no acató el llamado policial de parar su vehículo, el informe del dosaje etílico que arroja 1.40 de alcohol en la sangre (superior a lo permitido) y el informe médico legal que confirma las lesiones en el efectivo policial fueron los documentos probatorios sustentados por el fiscal.
De los tres hechos imputados el abogado defensor solamente reconoció el delito de conducción de vehículo en estado de ebriedad y por el cual su patrocinado estaba dispuesto a aceptar la sanción correspondiente. El letrado entregó un voucher del pago de 500 soles de multa por la conducción en estado etílico sosteniendo con ello la admisión de responsabilidad de su cliente.
Oído a las partes el juez consideró que si estaba acreditada la lesión, a la vez que, en su opinión, excluía de la conducción en estado etílico por el pago del daño causado, asi mismo excluía también por el delito de desobediencia y resistencia a la autoridad porque el investigado huía a su propia detención y eso no es delito, dijo, con lo que en la sumatoria de la probable pena, esta no llegaría a los 4 años y al advertir que tenía arraigo familiar y laboral decidió declarar infundado la prisión preventiva.
Dictó mandato de comparecencia sujeto a reglas de conducta y al pago de 4 mil soles por concepto de caución. El fiscal Alvarez Horna dijo estar disconforme y apeló la medida dictada. Minutos después Cristian Salcedo quedó en libertad en medio de la polémica surgida al respecto.