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SALA LABORAL PERMANENTE ORDENA A SIDERPERÚ CESAR HOSTILIDADES EN CONTRA DE TRABAJADOR

Impuso multa de 5 URP a empresa del acero:

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Los integrantes de la Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia del Santa, confirmaron la sentencia que declara fundada en parte la demanda que interpuso un trabajador contra la Empresa Siderúrgica del Perú S. A. A. para que cesen los actos de hostilidad en su contra y ordenó que reponga al demandante en su puesto de trabajo anterior a la rotación.

Luis Carmona Sánchez, denunció haber sido cambiado del área de Producción a la de Servicios Generales, a fin de  realizar labores no vinculadas a su nivel ocupacional ni experiencia, como  tareas de limpieza, pintado, ornato, entre otros.

Ante dichas alegaciones, la Sala Laboral Permanente concluyó que la demandada realizó actos hostiles atentatorios a la dignidad del trabajador, al designarle realizar labores que no correspondían a su experiencia y capacitación; decidiendo por tanto, confirmar la resolución materia de grado, ordenando a la empresa cesen los actos de hostilidad contra el demandante previstos en el artículo 30 del Decreto Supremo N° 003-97-TR ordenando su reposición en su puesto de operador.

Además, se confirmó la multa impuesta, fijándose en cinco unidades de referencia procesal, la misma que deberá ser depositada en las cuentas de la Corte Superior de Justicia del Santa.

Conforman la Sala Laboral Permanente, la Dra. Carmen Cavero Lévano en calidad de presidenta y como vocales, los jueces superiores Wilson Chiu Pardo y Niczon Espinoza Lugo.