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SUNEDU DESCONOCE REGISTRO DE FIRMAS A RECTOR DE U. SAN PEDRO

No podrá firmar grados y títulos:

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La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) negó una vez más el registro de datos y firmas de José María Huamán Ruiz como Rector de la Universidad San Pedro en el registro de datos de autoridades universitarias del país, con lo cual ningún título profesional que firme después de su condena judicial en dos instancias, será reconocido como tal.

Así se lo ha comunicado Iris Camacho Salvatierra, jefa de la unidad de registro de grados y títulos de la SUNEDU, mediante oficio Nº 3514- 2017 de fecha 27 de setiembre, dirigido a Oscar Porfirio Cruz Cruz, secretario general de la Universidad San Pedro, quien solicitó el registro de firmas como autoridad.

“SUNEDU no puede amparar el registro de una autoridad universitaria que se encuentra imposibilitada de ejercer el cargo por haber incurrido en una causal expresa de vacancia, toda vez que estaría contraviniendo lo establecido en la Nueva Ley Universitaria” señala de manera taxativa el oficio dirigido a las autoridades de la Universidad San Pedro.

La misma funcionaria de la SUNEDU ha exhortado a la asamblea universitaria de la USP que cumpla con la designación de un nuevo Rector, de conformidad con la normatividad vigente, a fin de no perjudicar a la comunidad estudiantil, toda vez que en estas circunstancias no queda ninguna autoridad a cargo del Rectorado.

En el documento se hace mención a la sentencia condenatoria confirmada en segunda instancia mediante resolución Nº 86 de fecha 26 de julio del 2017 emitida por la Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Santa, que para la SUNEDU constituye una sentencia consentida en última instancia por delito doloso (causal de vacancia), a pesar que se encuentra en trámite un recurso extraordinario de casación que podría anular la condena.

Con esta decisión, la SUNEDU no reconocería los títulos profesionales que lleven la firma de José María Huamán Ruiz a partir de la sentencia condenatoria en segunda instancia que recibió en la Corte Superior de Justicia del Santa (26 de julio del año 2017).