¡El colmo!
• El juez comentó que las grabaciones presentadas por el portal IDL-Reporteros no tienen validez constitucional pues vulneran sus derechos fundamentales Además comentó que no se le puede apartar del cargo.
Presidente de la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, César Hinostroza Pariachi.
El presidente de la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, César Hinostroza Pariachi, descartó este lunes estar involucrado en un presunto tráfico de influencias y denunció la vulneración de sus derechos fundamentales al haberse levantado su secreto de las comunicaciones.
En declaraciones a la prensa, el juez dijo que no incurrió en ningún acto de corrupción y aseguró que las grabaciones presentadas por el portal IDL-Reporteros no tienen validez constitucional.
“Soy un juez de carrera un juez que tiene más de 30 años con una trayectoria intachable limpia (…) Denuncio la grave vulneración la violación de mi derecho fundamental, por tanto ha sido levantada por un juez incompetente y por una fiscal incompetente”, comentó Hinostroza.
Denunció irregularidades
El juez comentó que el levantamiento de sus comunicaciones se dio de forma irregular, pues la fiscal que lo solicitó sabía que ese era su número y lo pasó a un juez en vez de presentarlo al Fiscal de la Nación para que realice esa solicitud a un juez supremo y no un juez de menor rango.
“La fiscal sabía que este teléfono correspondía a César Hinostroza, juez titular de la Corte Suprema del Perú, lo que tenía que hacer era comunicar al señor Fiscal de la Nación para que este en cumplimiento de la Constitución y la ley y el Código Procesal Penal solicite el levantamiento del secreto de mis comunicaciones al juez supremo de investigación preparatoria, eso es lo que dice la ley”.
Audios no demuestran delito
Hinostroza criticó que se les dé validez a estas grabaciones y aseguró que, si se permiten ahora, el país quedaría “notificado”. Pese a esto precisó que no se escudaría en la ilegalidad de los audios presentados y dijo que en ningún momento se le escucha mencionar algún delito.
“No me voy a escudar en esta grabación inconstitucional para evadir cualquier tipo de dudas que tuvieran (…) Estas conversaciones son intrascendentes, donde no hay ningún signo o acto ilícito, no hay ningún acto irregular, no hay una componenda, no hay tráfico de influencia ni corrupción. El acto de corrupción o tráfico de influencias se da cuando hay una contraprestación, cuando se pude una dádiva para hacer algo en cumplimiento de su obligación o en violación de sus obligaciones”.