Política

SEPARAN A REGIDOR JAVIER ESTRADA DE CANDIDATURA A LA VICE GOBERNACIÓN

Por defectuosa licencia:

• Jurado Electoral de Huaraz declara improcedente su candidatura y habilita al resto de lista de MANPE.

• La causal es haber solicitado licencia por 30 días a su condición de regidor cuando se requería de 120 días.

4-agosto-200

Javier Estrada Rodriguez fuera de eleccion.

El regidor de la Municipalidad Provincial del Santa quedó fuera del proceso electoral del próximo 07 de octubre en el cual aspiraba a la Vice Gobernación regional por el Movimiento Nacionalista Peruano (MANPE) cuya lista ha sido admitida parcialmente.

Además de la defenestración de Javier Estrada Rodríguez, la lista regional de MANPE podría quedarse sin otros dos candidatos a consejeros regionales por cuanto el mismo Jurado Electoral de Huaraz ha dispuesto iniciarles procedimiento de exclusión al descubrir que cuentan con sentencias condenatorias que fueron omitidas en su declaración jurada de hoja de vida.

De esta manera, la elección regional queda con 6 listas admitidas y en período de tacha, cinco legalmente inscritas y habilitadas, ocho declaradas improcedentes y eventualmente fuera de carrera y cuatro en condición de inadmisibles y con subsanaciones pendientes de pronunciamiento.

La separación del regidor Javier Estrada Rodríguez se produce al no haber podido subsanar la observación que hizo el Jurado Electoral de Huaraz al advertir que al momento de presentar su inscripción adjuntó una licencia aprobada por el concejo provincial del Santa de 30 días sin goce de haber en el pleno edil.

Como se sabe, Javier Estrada es regidor de la Municipalidad Provincial del Santa, como tal debería pedir licencia, empero, teniendo en cuenta la naturaleza del cargo al que postula, es decir, la vice gobernación regional, debió solicitar una licencia de 120 días, es decir, desde el 09 de Junio al 07 de octubre.

Aparentemente, Estrada esperaba que nadie advirtiera esta diferencia con la finalidad de poder seguir formando parte del pleno edil hasta setiembre y seguir percibiendo las dietas de ley, empero, el Jurado observó este detalle y al exigirle que subsane no pudo hacerlo porque ya el Pleno del Concejo Provincial del Santa había aprobado las licencias, entre ellas la suya del 07 de setiembre al 07 de octubre.

Debido a este craso error el Jurado Electoral ha optado por la reglamentación electoral que dispone separar al candidato que no ha cumplido con la norma y habilita a los demás integrantes de la lista regional.

Sin embargo, en la misma resolución la autoridad electoral ha decidido iniciar proceso de exclusión a los candidatos a consejeros regionales por la provincia de Casma, candidatos accesitario Arnulfo Seperak Echenique y Fortunato Remigio Villarreal Caururu, candidato a Consejero Regional Titular, por la provincia de Huaraz por haber omitido en sus respectivas Declaraciones Juradas de Hoja de Vida, la información relacionadas con sentencias condenatorias en su haber.

Se trata de sentencias por abandono de familia y omisión a la obligación alimentaria en el caso del candidato de Casma y por delitos de Receptación y hurto agravado, en el caso de candidato de Huaraz.

El jurado ha corrido el traslado al personero legal por espacio de un día para que presenten sus descargos correspondientes. Si no pueden justificar la omisión quedarían también fuera de la contienda electoral.