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FISCAL SE CONTRADICE AL ACUSAR A EXALCALDE Y EXCULPAR A COMITÉ LICITADOR

Juicio a ex alcalde Juan Gasco se cae a pedazos:

Abogado Víctor Chero expone irregular imputación a su defendido ex alcalde Juan Gasco.
• Afirma que Fiscal lo acusa de colusión en un proceso de adjudicación que él mismo ha calificado como regular y exento de todo acto colusorio al exculpar a los miembros del comité de adjudicaciones.

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Juicio oral contra Juan Gasco finaliza este miércoles.

El juicio oral que se sigue contra el ex alcalde Juan Gasco Barreto y que ya se encuentra en la parte final, sigue dejando muchas sorpresas, las cuales están estrechamente relacionadas con serios traspiés de la acusación del Ministerio Público y cuyas contradicciones hacen tambalear las graves imputaciones que se fueron diluyendo en las audiencias.

En esta oportunidad, la defensa técnica del ex alcalde, a cargo del abogado Víctor Chero Maldonado, ha advertido una seria falencia en la acusación del Ministerio Público, pues el Fiscal ha acusado por delito de colusión al ex alcalde Francisco Gasco Barreto, a su ex Gerente Municipal Rodolfo Barrantes Machaca así como a la representante legal de la empresa constructora Florinda Rita Ramírez Chávez por la obra de “Pistas y Veredas de la Urbanización Los Portales de Nuevo Chimbote”, la misma que fue objeto de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 002-2012-MOCH-CEP.

Sin embargo, el letrado señala que inicialmente el Fiscal acusó también a los miembros del Comité Especial permanente integrado por Carlos Balarezo Rueda, Presidente; Marco Arroyo Mestanza, Miembro; y Eliseo Alva Flores, Secretario Técnico, empero, tras la fase de investigación decide excluirlos del caso y solicita el archivo definitivo en este extremo.

El abogado se pregunta: ¿Puede existir colusión, si se dice que los miembros del Comité Especial Permanente actuaron regularmente?. Y lo hace porque el mismo Ministerio Público sustenta el sobreseimiento a los miembros del Comité Permanente de Adjudicaciones argumentando que “durante el desarrollo de la Investigación Preparatoria no se ha acreditado y/o evidenciado que los imputados (miembros del Comité Especial Permanente) se hayan concertado o realizado pactos ilícitos, componendas, acuerdos subrepticios con el particular interesado (ganadora de la Buena Pro), y con Francisco Gasco Barreto, Rodolfo Barrantes Machaca, Melvin Angulo Haro, Vicente Ferrer Pereda Goicochea , Florinda Rita Ramírez.

Es decir que durante el desarrollo del Proceso de Selección en el cual participaron directamente, no existe responsabilidad en la convocatoria, en el registro indebido de participantes, en lo resuelto de las consultas, observaciones a las bases, en la presentación indebida de propuestas, en la evaluación y calificación indebida de los postores, en el otorgamiento de la buena pro y en las imposición de condiciones contractuales menos ventajosas al Estado; agregando que además no se ha acreditado la existencia de comunicación con sus citados co investigados Gasco Barreto y Barrantes Machaca.

“Es decir, el Ministerio Público manifiesta que los miembros actuaron de manera regular razón por la que decide excluirlos del proceso y solicitar el Sobreseimiento con respecto a éstos. Entonces, sí los miembros del Comité Especial actuaron regularmente sin coludirse con alguién, ¿cómo explica el Ministerio Público que haya existido colusión entre la empresaria Florinda Rita Ramírez (representante de la empresa que ganó la Buena Pro) con Francisco Gasco Barreto y Rodolfo Barrantes Machaca, sí el desarrollo, conducción total desde la convocatoria del Proceso de Adjudicación hasta el consentimiento de la Buena Pro estaba bajo responsabilidad integra, por imperio de la ley, del Comité Especial?”, se pregunta el letrado.

A este crasa falencia agrega que, al igual como en la imputación de Las Pistas y Veredas de P.J. Villa María, tampoco el Fiscal no ofreció el expediente de Contratación como Prueba, expediente que de acuerdo al Art 10° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado contiene toda la información, como todas las actuaciones que se realizaron desde la designación del Comité Especial hasta la culminación del contrato, incluyendo las ofertas no ganadoras.

“Los errores en los que incurre el Ministerio Público son una constante en todas las imputaciones que se hace contra Gasco Barreto; así, en el Adjudicación Directa derivada de la Licitación Pública de Pistas y Veredas de Villa María el Fiscal termina acusado sólo a mi patrocinado, pues al no poder probar la Colusión varia la acusación por Negociación Incompatible, buscando de esta manera, a cualquier costo, de conseguir condenarlo”, enfatizó

En el “Caso Caja Chica”, el Fiscal acude a juicio esgrimiendo la prueba de un texto contenido en una Tarjeta de Personal de Barrantes Machaca, en la cual éste funcionario se tomó la atribución unilateral de escribir en la referida tarjeta “por instrucciones del alcalde sírvase girar el cheque por….”, y la otra prueba es el sólo dicho del Tesorero (Cántaro Apolinario) a quien GASCO BARRETO cesó por acto disciplinario, quien dice que Gasco Barreto lo llamó por teléfono para realizar ciertos pagos, sin embargo, al respecto refiere el abogado que nunca el fiscal ha podido probar que su patrocinado haya ordenado a alguien el uso de su nombre para la realización de pago alguno, y tampoco de la existencia de llamadas telefónicas al referido tesorero, sobre todo si no existe pericia alguna con la que se pruebe la existencia de llamadas telefónicas, concluye refiriéndose al último extremo de la imputación fiscal.