Política

CANDIDATO DE PARTIDO MORADO QUEDÓ EXCLUIDO POR DECISIÓN DEL JNE

Desestimó apelación de Luis Alfonso Sparrow:

• Máximo organismo electoral no consideró validos descargos planteados por personero legal.
• Hoy viernes se revisarán casos de candidatos de “Somos Perú” Norma Alencastre y Manuel Morillo.

sparrow

Luis Sparrow Alamo quedó fuera de carrera en elecciones congresales por omitir información.

El Jurado Nacional de Elecciones confirmó ayer la resolución del Jurado electoral especial de Huaraz mediante la cual se dispuso la exclusión del candidato N° 2 de la lista por Ancash del partido morado, Luis Alfonso Sparrow Alamo, quedando de esta manera fuera de la contienda electoral.

Las apelaciones de otros candidatos conocidos de nuestra ciudad que han sido excluidos por el Jurado Electoral de Huaraz y que han planteado recursos de apelación se revisarán el día de hoy en audiencia pública.

Para las 10.00 de la mañana de hoy viernes 27 está prevista la audiencia de la candidata N° 1 de “Somos Perú” Norma Alencastre Miranda, mientras que los alegatos de la defensa de Manuel Morillo, candidato número 2 de la misma lista está prevista para las 12.00 del mediodía.

CRITERIO

La personera el partido Morado Mercedes Campos Trejo había alegado en su recurso de apelación que el candidato Luis Alfonso Sparrow Alamo era solo propietario del 10 % de las acciones y derechos del predio que se le acusa no haber declarado, que es un bien de propiedad de sus padres.

Asimismo, señala que el proceso judicial para que se le declare heredero de dicho bien lo realizó su madre por lo cual él no tenía conocimiento de dicho trámite judicial y fue una de las razones por las cuales no lo consignó en su hoja de vida.

Pero además de ello el candidato reveló que para evitar errores elaboró su hoja de vida en la misma sede del Jurado Nacional de Elecciones y digitó su nombre en la Ventanilla Única que fue habilitado por el JNE y en la cual solo se visualizó que era propietario de su casa ubicada en el distrito de Nuevo Chimbote y su vehículo, no se visualizaba que era propietario de ningún porcentaje de otro bien porque tampoco lo sabía.

Sin embargo, tras la ponencia y el análisis respectivo, los miembros del JNE consideran que el hecho que el candidato solo resulte siendo propietario de un pequeño porcentaje de acciones del inmueble, no lo exonera del requisito de la declaración en la hoja de vida como lo establece las normas electorales.

Del mismo modo, considera que es imposible que el candidato no haya tomado conocimiento de la declaración de herederos que habría efectuado su señora madre en la medida que se trata de una sentencia expedida el 05 de noviembre de 1987.

Finalmente, respecto al informe erróneo de la ventanilla única, señala que el candidato no ha presentado una prueba que realmente se le haya entregado esa información.

Por estas consideraciones, el máximo organismo electoral ha desestimado la apelación del partido morado y confirma la resolución de exclusión decretada por el jurado electoral de Huaraz, mediante el cual separa de la contienda electoral a Luis Alfonso Sparrow Alamo por haber omitido información relacionada con su patrimonio.