Editorial

Editorial: ::: MEDIDA INCOMPRENSIBLE :::

Cuando la mayoría de chimbotanos nos aprestábamos a recibir la nochebuena, el pasado 24 de diciembre, y cuando las redacciones de los medios adelantaban sus despachos para disponer del tiempo necesario a efectos de celebrar la navidad, la oficina de prensa de la Corte Superior del Santa dio a conocer que la Primera Sala Penal de Apelaciones había desestimado el recurso impugnatorio que formuló el ex alcalde de Nuevo Chimbote, Juan Gasco Barreto, contra la ampliación de prisión preventiva de diez meses que dictó un juzgado de primera instancia.

Ello significaba que el ex burgomaestre de Nuevo Chimbote, quien está próximo a cumplir tres años de reclusión, deberá permanecer en el presidio a espera que se realice el nuevo juicio oral que ha ordenado el mismo Colegiado Superior, en la causa que se le sigue por delito de Colusión.

Si se le mira por la fecha, cierto que se trata de un desagradable regalo navideño, le quita la esperanza al ex alcalde de pensar siquiera en la navidad, de no poder estar junto a sus familiares en la mesa de nochebuena como lo había pensado apenas una semana antes cuando esa misma e imperturbable Sala Penal anuló la sentencia condenatoria que pesaba en su contra y, por tanto, correspondía que deje el presidio.

Esto es lo que pensaron todos, incluso, los propios magistrados que lo procesan, empero, una sorpresiva y perniciosa mano persecutora le arrancó esa ilusión cuando desde la Fiscalía planteó una ampliación de la orden de prisión preventiva que ya se había agotado.

El Fiscal a cargo de la carpeta maquilló su ilegal posición bajo el membrete de “adecuación de prisión preventiva”, alegando que aún existe la posibilidad procesal de ampliar por 10 meses más esta condición jurídica, por lo tanto, demandaba que se extienda la carcelería del ex alcalde neochimbotanos hasta Setiembre del año 2020.

Ni siquiera en una novela de ficción podría habérsele ocurrido al autor proponer semejante petición, incluso, en los pasillos judiciales se adelantaron a considerar que sería rechazado de plano en la medida que no existe ampliación de ampliación del mandato de prisión, eso lo dicen los acuerdos plenarios, tampoco se puede someter a una persona a mas de 36 meses de reclusión y si el Fiscal pide 10 meses más de prisión  quiere decir que se mantendrá inconstitucionalmente al ex alcalde recluido 42 meses.

Sin embargo, a pesar que las apuestas consideraban a ganador, increíblemente el Juzgado, con la extraña participación de una Juez suplente, admite el pedido y amplia la prisión preventiva al ex alcalde haciéndolo participar compulsivamente en una audiencia en la que no se hallaba su abogado y sin que se haya mostrado la resolución que convocaba a esta audiencia extrañamente realizada con una inusual celeridad.

Así las cosas, muchos consideraron que la Primera Sala Penal dejaría sin efecto semejante despropósito, que debería volver a enmendarle la plana a magistrados a los cuales cuestionó duramente al momento de anular la sentencia condenatoria, sin embargo, sin expresión de causa y en medio de una fecha inusual, expidió una resolución de vista que confirma una actuación sumamente suspicaz y que se trasluce absolutamente en injusta y arbitraria.

Y es que los magistrados superiores han revisado exhaustivamente la carpeta fiscal, conocen al derecho y al revés este expediente, tanto así que anularon una condena por que se había dictado en medio de una sarta de irregularidades que debieron ameritar que los órganos de control interno intervengan, empero, solo ordenó nuevo juicio.,

Ello quiere decir que los jueces superiores eran conscientes que si el proceso penal se ha dilatado y que si el ex alcalde estaba en condiciones de poder abandonar el presidio por haber cumplido los plazos ordinarios y ampliados de prisión que se dictaron en primera instancia, era por absoluta responsabilidad del Juez y Fiscal que sustanciaron el juicio oral.

Esos mismos jueces que cometieron errores aberrantes que dieron lugar a que la instancia superior anule la condena, son los responsables que el investigado no haya recibido una sentencia justa y legal dentro del plazo de prisión que se dictó en su debida oportunidad, entonces la pregunta que se cae de madura es ¿debe el investigado pagar por la ineptitud de jueces y fiscales?

¿Debe el ex alcalde Juan Gasco Barreto permanecer en prisión cuando no ha podido ser condenado por la incapacidad de los magistrados de primera instancia? ¿Si los jueces superiores han dejado expresa constancia que la condena se anulaba por deficiencia del magistrado a cargo del proceso, ¿porque el investigado tendría que pagar las consecuencias de esa ineptitud si ya ha purgado casi el total del plazo de prisión que debe cumplir una persona?

¿Por qué la Sala de Apelaciones permitió que se amplíe por segunda vez un plazo de prisión en medio de un mar de irregularidades denunciadas por la defesa de ex alcalde? ¿Por qué permitió que se consagre una “adecuación del plazo de prisión preventiva” cuando el investigado estuvo en estado de indefensión porque lo privaron de su abogado particular y le impusieron “manu militari” un abogado de oficio que no conocía las particularidades de esta causa? ¿Quién ha promovido una ampliación de prisión en menos de una semana?

No nos cabe la menor duda que en este caso hay “gato encerrado”, que se ha consagrado un abuso porque no se puede mantener a una persona recluido más de los 36 meses que señala la ley y en el caso del ex alcalde los magistrados de la Corte del Santa están consagrando una prisión de 42 meses.

Tal parece que el criterio discrecional que les franquea la ley se está manejando al margen de la misma y la constitución en algunas dependencias judiciales y esto se está cumpliendo a vista y paciencia de una presidencia de la Corte que, como el papel, aguanta todo.

No somos el santo de devoción del ex alcalde Juan Gasco Barreto para quien en su momento reclamamos que se le investigue y sancione en la medida que los cargos que se formularon en su contra pusieron de manifiesto la presunta comisión de delitos, empero, en los últimos meses se ha advertido que existe una manifiesta intención de mantenerlo encarcelado a pesar de los plazos, procedimientos y la jurisprudencia que existe en esta materia. Hasta un estudiante de derecho sabe y conoce que la libertad es sagrada y que la reclusión es la “ultima rattio” para un encausado, entonces, no se entiende la medida incomprensible que se ha dictado en medio de los festejos navideños nada halagüeños para el ex alcalde sureño.