El nepotismo es la práctica ilegal de quienes ejerciendo la función pública se aprovechan del cargo que ostentan para designar o contratar a personas de su entorno familiar, beneficiándolos de esta manera con las planillas del sector público.
El nepotismo no solo es una ventaja indebida, es contemplado como un delito y se describe en la ley 26771 como una práctica prohibida en la administración pública por la cual los funcionarios, directivos y servidores públicos, y/o personal de confianza de las entidades y reparticiones públicas conformantes del Sector Público Nacional, así como de las empresas del Estado, que gozan de la facultad de nombramiento y contratación de personal, o tengan injerencia directa o indirecta en el proceso de selección, se encuentran prohibidos de nombrar, contratar en su entidad respecto a sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad.
Muchos deben recordar que esta ley, dictada en la época del gobierno de Alberto Fujimori, el año 1997, encontró una serie de contratiempos en la medida que se verificaron acciones maliciosas con las cuales le sacaban la vuelta, como aquellas que se observaron desde el mismo Palacio de Gobierno por la cual el Presidente contrataba a la hija o sobrina del presidente del congreso y éste, en contraparte, llevaba a un familiar del Jefe de Estado, una suerte de grotesco “cambalache” que eludía la tipificación de la norma vigente.
Por ello es que el año 2014 se decidió modificar esta ley para incluir en su descripción no solo a aquellos funcionarios que ejerzan influencia directa sino a los que induzcan a otro a hacer esa contratación, además que señala que en el grado de parentesco se incluye la unión de hecho o convivencia, como se le denomina en el argot popular.
De allí que se trata de una figura que está perfectamente descrita en la ley y que, en algunos casos, es causal de vacancia del funcionario transgresor, como en el caso de los alcaldes y regidores de los municipios provinciales y distritales.
Justamente, la semana pasada se ha ventilado en el vecino distrito de Nepeña un pedido de vacancia contra el alcalde Pedro Carranza López, el mismo que ha sido promovido por tres ciudadanos que, aparentemente, no conocen la ley o se han dejado llevar por otros que estuvieron detrás de solicitud.
Ellos alegaron ante el pleno edil que el alcalde había contratado a su cuñada y por ello había incurrido en causal de vacancia y al sustentar la petición señalaron que se trataba de la señora Constanza Gervasio quien daba órdenes y tomaba decisiones en nombre del alcalde y cuando este se ausentaba.
El mismo alcalde hizo ejercicio de su defensa y desmintió que haya contratado, designado o nombrado a su pariente política, por el contrario, señaló que ella es una trabajadora de su empresa particular, se desempeña como secretaria y se encarga de llevarle la agenda desde hace muchos años.
Explicó que es una persona de su más absoluta confianza y por el hecho mismo que conoce como trabaja y la lealtad que impone en sus actividades, si acude al Municipio es para que maneje su agenda personal, para que lo mantenga al tanto de sus citaciones, reuniones, audiencias, viajes, etc., consecuentemente su remuneración la cubre su empresa mas no la Municipalidad Distrital.
En tal sentido, ha señalado que no abusa de los recursos y presupuestos de la Municipalidad porque no ha contratado a su familiar en el Municipio, solo realiza una labor particular en lo que se refiere a sus movimientos, rechazando que aquella haya impuesto alguna decisión dentro de la administración edil.
En esencia, una causal de nepotismo debe probarse y acreditarse, eso se hace en mérito a documentales que deberían obrar en los propios archivos de la Municipalidad como es la resolución de alcaldía de nombramiento del familiar del alcalde, del contrato de servicios si se trata de un trabajador CAS o el pedido para que se le designe en sus planillas y la incorporen dentro de la administración municipal.
Inclusive, en estos casos se admiten grabaciones o filmaciones en donde conste la infracción a la prohibición que tienen los funcionarios púbicos, sin embargo, en la sesión de vacancia los promotores de la misma no tenían absolutamente nada, solo una mera versión de la presencia de la secretaria personal del alcalde en los predios municipales y ello, obviamente, no es suficiente.
Si los promotores de la vacancia consideran que la presencia de una persona extraña a la administración edil dentro de la alcaldía es ilegal o indebida, debieron proceder a señalarlo ante las autoridades competentes, empero, ese hecho no constituye de ninguna manera una causal de vacancia como para que tenga que debatirse en una sesión de concejo por cuanto solo equivale a una pérdida de tiempo.
Llama la atención que se plantee una vacancia en una gestión que, en su primer año, ha conseguido muchos avances para el vecino distrito de Nepeña, no solo ha logrado que se retomen dos obras que se mantuvieron paralizadas por más de siete años como el pozo tubular de agua y el centro materno infantil, sino que ha conseguido la aprobación presupuestal para la construcción de un moderno hospital que remplace a la antigua y ya colapsada posta de salud que tienen los pobladores desde hace mas de 40 años, un proyecto que es el sueño de los pobladores.
Todo indicaría pues que existe una motivación política en esta petición de vacancia, una campaña que trata de desmerecer el accionar del burgomaestre de Nepeña habida cuenta que sus antecesores no hicieron nada por el desarrollo y progreso de este pueblo que con varios proyectos, que ya han comenzado a caminar, comienza a sacar la cabeza del ostracismo y la postración.
De todas maneras, asumimos que este acuerdo de concejo que rechaza la vacancia será impugnado por sus promotores y deberá ser enviado al Jurado Nacional de Elecciones que, en instancia definitiva, se pronunciará para zanjar un tema que solo distrae a la autoridad edil de las gestiones que había emprendido con positivos resultados hasta el momento. Lo bueno para él es que sus enemigos tomaron el rumbo equivocado al plantear esa solicitud de vacancia.