Para laborar después de pandemia:
El Ministerio de Salud modificó el documento técnico “Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la Salud de los Trabajadores con Riesgo de Exposición a Covid-19” y elevó de ‘mayor de 60’ a ‘mayor de 65 años’ la edad en que un trabajador será considerado parte del grupo de riesgo ante el coronavirus.
En su artículo único, la Resolución Ministerial N°283-2020-Minsa modifica la definición de “Grupos de Riesgo” contenida en la la Resolución Ministerial N°265-2020-Minsa.
En consecuencia, se define como grupos de riesgo al conjunto de personas que presentan características individuales asociadas a mayor riesgo de complicaciones por Covid-19.
De acuerdo con la modificatoria, son grupo de riesgo las “personas mayores de 65 años o quienes cuenten con comorbilidades como: hipertensión arterial, diabetes mellitus, enfermedades cardiovasculares, asma, enfermedad pulmonar crónica, insuficiencia renal crónica, cáncer, obesidad u otros estados de inmunosupresión”.