Hasta junio del 2021
La Asociación de Exportadores (ADEX) saludó la decisión del Ministerio de Salud (Minsa) de ampliar hasta el 30 de junio del 2021, el plazo para el uso de adhesivos con las advertencias publicitarias (octógonos) en los envases, etiquetas y cajas de los alimentos y bebidas procesadas, en cumplimiento del Manual de Advertencias Publicitarias de la Ley de Promoción de Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes.
De esa forma se busca armonizar la necesidad de mejorar la salud pública y al mismo tiempo evitar perjudicar al debilitado tejido productivo peruano que atraviesa uno de los peores momentos de las últimas décadas debido al Covid-19, que también afecta las perspectivas de crecimiento de la economía mundial.
El presidente del Comité de Agroindustrias, Alimentos y Bebidas del gremio, Doryan Zea, comentó que la ampliación evitará la pérdida de envases con lenta rotación. “Si bien es necesario realizar estas mejoras para mantener informado al consumidor, en este momento la inversión requerida por las empresas se incrementaría sustancialmente. La extensión del plazo permitirá a las empresas recuperarse del impacto de la pandemia”, enfatizó.
Detalló que muchas empresas con participación en el mercado nacional utilizan la misma etiqueta para la exportación de sus productos a mercados dónde no se exigen esas advertencias, compitiendo con marcas cuyo contenido de sodio, azúcar, grasa saturada y trans puede ser mayor y no necesariamente informado.
“En los países de la Alianza del Pacífico (AP), por ejemplo, sólo en Perú y Chile se solicita el uso de los octógonos, en el caso de la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi) la situación es peor, porque sólo dos de los trece países miembros implementaron el sistema. Si la idea es que un producto se comercialice en el mercado nacional e internacional y sea competitivo, Perú ya está en desventaja”, manifestó el vocero.
Hay que señalar que el gremio envió una carta al ministro de Salud, Víctor Zamora, solicitando la ampliación de plazo para la aplicación de adhesivos con las advertencias publicitarias a que se refiere el numeral 8 del Manual de Advertencias Publicitarias aprobado por D.S. N° 015-2019-SA, detallando varios argumentos.