Dr. Edhín Campos Barranzuela
Bastante preocupación viene causando en la comunidad jurídica y en la opinión pública nacional, las útimas cifras que se viene propolando por diferentes medios de comunicación, relacionados con el fallecimiento de personas, que ya ascendería a la astronómica cifra de 45,805 muertos.
Durante los últimos días, los datos oficiales de fallecidos era de 18,000 muertos aproximadamente, luego se ha indicado que en la gestión anterior al Ministro de Salud Víctor Zamora, no se habrían consignado alrededor de 5,000 personas fallecidas, por lo que la cifra oficial, ascendería a 25,000 peruanos fallecidos.
No hay que desdeñar, que mayormente las cifras entregadas por el Sinadef, probablemente sean del Ministerio de Salud y no se encuentren homologadas con las personas muertas reportadas por Essalud.
De la misma forma, no existe una estadística sincerada de las personas fallecidas por Covid-19 que han muerto en las clínicas privadas, así como también de aquellas personas enfermas que han venido padeciendo el coronavirus y han fallecido en sus domicilios.
Estas magras cifras, se han incrementado al interior del país como en las ciudades de Arequipa, Puno y Huanuco, en donde se ha detectado un inusitado aumento de fallecidos, por motivos de la falta de óxigeno, falta de capacidad hospitalaria, medicina, dismunución de recursos humanos y mayormente porÂÂ la sobredemanda de atención médica que ha rebazado toda imaginación humana.
Urge conocer, por más doloroso que sea, cuáles son las cifras reales de todos los peruanos fallecidos hasta la fecha, pues minuto a minuto se puede apreciar a través de las redes sociales que un familiar, amigo, vecino, compañero y persona conocida a fallecido, lo que permite precisar que existe una cifra de muertos no reportada hasta ahora conocida.
En tal sentido, a la fecha se vienen presentando una serie de problemas que los familiares de los occisos por el Covid 19 vienen padeciedo, esto son:
La demora injusificada en la entrega del cadáver.
La prohibición de las exequias y de la ceremonia del sepelio
La duda en la identididad del cadáver cuando es cremado
La falta de una adecuada sensibilización del procolo para la inhumación o cremación del cadáver.
Coforme, a nuestro ordenamiento jurídico positivo, el cadáver no es un sujeto de derecho, que le pudiera asistir ser titular de garantías procesales y derechos fundamentales, más bien el cadáver es un objeto de derecho, que su memoria debe ser respetada, no se debe profanar el lugar en donde reposa, nadie debe ultrajarlo, mutilarlo y sustraerlo sin la correspondiente autorización.
Además, la dignidad de la persona trasciende a la muerte, es por ello que se debe respetar la integridad del fallecido y la forma de su inhumación o cremación del cadáver, con la finalidad de que tenga una cristiana sepultura
Para tal efecto, el pasado 19 de abril, un poco más de un mes del inicio de esta terrible pandemia, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución Administraiva 208-2020 que establece el procedimiento para la inhumación o cremación del cadáver por el Covid-19.
Esta norma administrativa, tiene por finalidad contribuir a prevenir y controlar los diferentes factores de riesgo de contaminación y diseminación generada por el Covid -19 de los cadáveres, que ponen en riesgo la salud de la población en general, por lo que el procedimiento protocolar es el siguiente:
El cadáver debe ser inhumado o cremado dentro de las 24 horas, desde el momento que se certifica el fallecimiento y debe ser aislado en bolsa impermeable resistente y de cierre hermético.
El personal que realice este procedimiento, debe usar los equipos de protección y cumplir las medidas de seguridad.
El cierre de bolsa que coniene el cadáver, debe contar con cremallera y debe asegutarse un cierre hermético.
La bolsa se debe pulverizar y se coloca en el ataúd, el mismo que será cerrado y no será abierto bajo ninguna razón.
La inhumación puede ser en tierra o en nicho.
El velorio está terminantemente pohibido.
El Equipo Humanitario de Recojo de Cadáveres se encarga de trasladar de manera directa al cementerio de la jurisdicción distrital o provincial para la inhumación o cremación respectiva.
En caso de cremación, las cenizas serán entregadas a los deudos, dentro de las 24 horas posteriores a la misma.
No cabe duda, que estamos atravezano por una muy difícil situación sanitaria en el Perú y en todo la humanidad y es probable, que exista un rebrote del Covid 19 y las cifras de personas fallecidas se sigan incrementando, sin embargo siempe será importante que los peruanos tengamos conocimiento exacto de las cifras oficiales de nuestros muertos, porque será a través de las estadísticas, que las autoridades gubernamentales tomen mejores decisiones, para evitar más muertes de peruanos, que ciertamente viene dejando mucho dolor, congoja y tristeza en nuestros corazones.