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FISCALIA RECHAZO PEDIDO DE PROCURADOR DE IMPEDIMENTO DE SALIDA DE GOBERNADOR

Abogado lo califica como una burla:

*Procurador Richard Asmat hizo pedido a sabiendas que estaba en una sala UCI de Hospital en Lima y era imposible que se fugue.
*Abogado considera que hay actitud de ensañamiento y represalia por parte de procurador.

abogado

El lunes 17 de agosto, la Procuraduría Anticorrupción del Santa ingresó un pedido al Ministerio Público para que se solicite el impedimento de salida del país del gobernador regional de Ancash, Juan Carlos Morillo Ulloa; a pesar que desde el domingo 16 la autoridad ya se encontraba internada en Essalud infectado por el COVID-19.

Así lo denunció esta mañana, el abogado Carlos Fernández Beltrán, al considerar un despropósito y un acto de ensañamiento del Procurador Richard Asmat Urcia en contra de su patrocinado, que ni siquiera tuvo la decencia de fundamentarla legalmente.

Fernández Beltrán mostró la disposición fiscal que declara NO HA LUGAR al pedido pero donde además se exhorta al Procurador a realizar sus pedidos de acuerdo a la normatividad vigente, lo que denota que no se puede abusar del cargo para plantear pedidos que no tienen ningún sustento jurídico y menos lógica, pues Juan Carlos Morillo está intubado en Sala UCI y es imposible que quiera fugarse del país.

“Este pedido realizado con fecha 17 de agosto pinta de cuerpo y alma la actitud de ensañamiento y represalia con la que actúa el señor Procurador, anteriormente denunció al gobernador por una supuesta centralita 2 que fue archivada y elevada en Queja y que el Superior confirmó el archivamiento y esta vez, cuando con fecha del 17 agosto ya se conocía el traslado del gobernador a la ciudad de Lima por la enfermedad que padece, presenta un pedido irracional” señaló Fernández Beltran.

“Con estos hechos lo único que se busca es no respetar la tranquilidad de la familia del gobernador, padres, hermanos e hijos que solo buscan que el ser humano se recupere de lo que está pasando. El Procurador no fundamenta en ningún momento el artículo 295 del Código Procesal Penal, demuestra un total desconocimiento de los Decretos Supremos, resoluciones administrativas del Poder Judicial y resoluciones de la Fiscalía, en todos estos aspectos y orden de Estado de Emergencia y aislamiento social, inclusive hasta el día 31 de Agosto hay suspensión de plazos en los procesos en trámites y por último nadie puede salir del país” culminó diciendo.

El pedido de impedimento de salida del país solicitado por el Procurador Richard Asmat Urcia se dio en la carpeta fiscal del sonado caso “San Bartolo” y estuvo dirigido para todos los 25 imputados.