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SUSALUD FISCALIZA QUE PACIENTES DE HOSPITALES NO GASTEN DE SUS BOLSILLOS

Exhorta al SIS y ESSALUD proteger a sus asegurados

• Hay Multas de hasta S/ 430,000 para hospitales que no implementen Plataforma de Atención al Usuario (PAUS) ni tengan disponible Libro de reclamaciones en Salud.

SUSALUD

Inspectores de SUSALUD fiscalizan hospitales.

La Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) fiscaliza que, en los hospitales públicos, los pacientes no realicen gastos de su bolsillo, pues su atención debe contar con la protección financiera de las Instituciones administradoras de fondos de aseguramiento en salud (IAFAS) públicas: SIS y Essalud.

En tal sentido, SUSALUD exhorta al SIS y Essalud a extremar las acciones para proteger y garantizar los derechos en salud de su población afiliada en todo el país, con especial cuidado en lo referente al acceso a las prestaciones de salud, de manera oportuna y sin mediar pago alguno de los pacientes o sus familiares, sobre todo la población afectada por el COVID-19.

HOSPITALES

Con este mismo objetivo, la Superintendencia invoca a los directores de establecimientos de salud a garantizar el funcionamiento de sus unidades de seguros y realizar la vigilancia para prevenir prácticas abusivas que incentivan gastos que afectan a algunos usuarios de los servicios de salud.

Asimismo, SUSALUD recuerda a los directores su responsabilidad en el cumplimiento de la obligación, de tener implementada una Plataforma de Atención al Usuario en Salud (PAUS) para recepcionar y atender las consultas y reclamos, relacionados a los servicios de salud, conforme lo establece el Reglamento para la Gestión de Reclamos y Denuncias de los Usuarios de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud – IAFAS, Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPRESS y Unidades de Gestión de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – UGIPRESS, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2020-SA.

De acuerdo al Reglamento antes mencionado, los establecimientos de salud deberán además garantizar la accesibilidad y disponibilidad del Libro de Reclamaciones en Salud, en un lugar visible, durante todo su horario de atención. El titular de cada hospital o la persona designada para esta labor, debe atender la insatisfacción presentada, tomar medidas inmediatas, brindar la atención y solución que corresponda.

La Superintendencia exhorta al cumplimiento de todas estas obligaciones por parte de los directores, como responsables de la gestión y administración de los establecimientos de salud. Su inobservancia será sujeta de intervención la que puede generar el posterior inicio de un procedimiento administrativo sancionador, así como la aplicación de una sanción, que puede ser desde amonestación escrita o una multa de hasta 100 UIT equivalente a S/. 430,000, de acuerdo al Reglamento de Infracciones y Sanciones de SUSALUD.