Por: CPC SERGIO AGURTO FERNANDEZ
El asunto de la reforma del Sistema Nacional de Pensiones, políticamente es un tema bastante manoseado y que siempre está presente en las discusiones que se dan en las altas esferas del poder, donde los “neófitos” y los “sabiondos”, hasta ahora no han aterrizado con una propuesta razonable, que reditúe mayores beneficios para los trabajadores, distinto a lo que se ofrece actualmente.
La jubilación, en buena cuenta, es un seguro contra la vejez, cuya “prima” es asumida íntegramente por el trabajador durante su vida laboral, con el que se garantiza el auxilio económico que necesita en la etapa más difícil de su existencia (vejez), con la que pasado los 65 años de edad, el esfuerzo físico e intelectual, se devalúa y pierde valor en el mercado laboral, por las exigencias naturales que imponen las empresas, que prefieren la renovación de los recursos humanos, antes de recurrir a aquella anacrónica frase: “la antigüedad es clase”, porque el paso de los años, deteriora la capacidad física de las personas.
Cualquier reforma que se pretenda implementar, debe constituirse sobre la base del auto financiamiento, el Estado debe estar al margen de este tema, en razón de que la jubilación no es un programa social y tiene en su poder un pesado portafolio de compromisos por atender. La jubilación es un derecho que lo financia el mismo trabajador, es decir que tiene un origen laboral, muy distinto a Pensión 65, que tiene un origen político cuyo costo es asumido por el Estado.
Hay un candidato que tiene como oferta de campaña electoral, la creación de un “Banco de los Trabajadores”, que se encargaría, suponemos, de la administración de todos los recursos pensionarios. Este es un tema que lo venimos abordando desde hace algún tiempo atrás, con similar objetivo, al que lo denominamos “Banco Previsional”. El nombre es secundario pero los fines son los mismos; se desconoce los detalles de la propuesta. Se alzan voces discrepantes sembrando dudas sobre la viabilidad del “Banco de los Trabajadores”; son los clásicos personajes que todo critican pero que no aportan nada, y a nuestro modesto entender, compartimos plenamente las bondades del proyecto en la actual coyuntura política, donde los jubilados pagan las consecuencias de los errores del sistema, que les impidió percibir pensiones dignas.
Es obvio que la reforma que se plantea no alcanzará a los actuales jubilados, sino que beneficiará a los trabajadores de hoy, para cuando tengan que jubilarse. En las actuales circunstancias, difícilmente un trabajador podrá aspirar a obtener una pensión que satisfaga sus necesidades vitales, por el reducido porcentaje mensual de los aportes: 13% en la ONP y 10% en las AFPs; claro, el trabajador no tiene la culpa de ello, sin embargo tiene que ser consciente que con tales porcentajes el sueño de una pensión digna resulta siendo una utopía. En consecuencia, se le tiene que informar al trabajador que para acceder a una mejor pensión, se requieren dos cosas: 1) Crear una nueva entidad administradora del fondo de pensiones, como la que se está proponiendo, y 2) El aumento obligatorio de la tasa de aportes, arriba del 20% mensual.
El Estado se debe de preocupar en implementar los mecanismos legales, para que ningún peruano esté fuera del alcance de un sistema previsional, a fin de impedir que en su ancianidad vaya a formar parte de la población indigente del país.
Estimamos que las características básicas que debe tener el proyecto de creación del “Banco de los Trabajadores”, pueden ser:
1.- Creación del Banco
Su creación obedecerá a un mandato legal (Ley del Congreso), otorgándole una personería jurídica de derecho privado, totalmente desligado del Estado, auto sostenible, con autonomía económica y administrativa.
2.- De los accionistas
La cartera de accionistas estará conformada exclusivamente por trabajadores que perciban rentas de cuarta y quinta categoría, y los emprendedores de pequeñas y medianas empresas. Los aportes mensuales se convertirán en acciones tan pronto sean depositadas al banco, con la obligación de hacer aumentos de capital con periodicidad anual, para incorporar a tales aportes acumulados a la masa societaria del banco.
3.- Del Directorio
Estará conformado por profesionales de primer nivel, con amplia experiencia en instituciones financieras, que participarán por invitación y ratificada por la Junta General de Accionistas. Los trabajadores aportantes tendrán tres representantes en el Directorio, igualmente con experiencia en banca, elegidos a nivel nacional de conformidad a lo establecido en los estatutos del banco. El Directorio se instalará y entrará en funciones de inmediato, implementando las medidas administrativas que corresponda.
4.- De la colocación de los aportes
Se constituirá un “Comité de Expertos”, por invitación, presidido por el Presidente del Directorio, para conformar una cartera de inversiones en empresas de alta rentabilidad. También pueden integrar dicho Comité algunos miembros del Directorio.
5.- Funcionamiento
En la ley de creación del banco, se debe facultar al Banco de la Nación, para suscribir un convenio con el “Banco de los Trabajadores”, para que pueda oficiar como Agente Financiero, mientras el banco se consolida empresarialmente.
6.- Recursos del Banco
Los aportes de los trabajadores serán considerados recursos intangibles. El banco dispondrá de recursos propios generado por el cobro de comisiones, moras, multas y otras penalidades aplicadas por el atraso en el pago de los aportes, por parte de las empresas.
7.- Beneficio de los trabajadores
La particularidad del banco es que los trabajadores tendrán doble beneficio. 1) Como aportante, por la rentabilidad de los aportes, tal como ocurre actualmente, y 2) Como accionistas, por las utilidades que se obtenga anualmente.
8.- Incorporación de los trabajadores aportantes
El banco mantendrá una política de puertas abiertas, en donde la adhesión será libre y voluntaria. Si por la competencia del mercado el trabajador decidiera su incorporación al banco, en la ley de creación se debe de levantar las restricciones para posibilitar una fluida migración de los trabajadores, entre todas las instituciones previsionales existentes en el mercado.
9.- De la jubilación
Al trabajador afiliado al sistema privado de pensiones, como es el banco, se le debe de rebajar la edad límite de jubilación, que ahora es de 65 años de edad, hasta los 50 años de edad, de ser necesario y a juicio del trabajador, tanto para jubilarse como para retirar el 100% del fondo acumulado. Si para acceder a este beneficio lo que cuenta es el fondo acumulado que tenga el trabajador, entonces por qué se tendría que esperar cumplir con el requisito de la edad. Es bueno tener presente que el “Banco de los Trabajadores” será una institución privada, por lo tanto la pensión a percibir se determinará luego de realizar una operación aritmética, teniendo como elementos de cálculo, al monto del fondo acumulado y la expectativa de vida del trabajador.