- Grupo de trabajo tiene periodo de vigencia de seis meses
El Poder Ejecutivo creó hoy la Comisión Multisectorial de carácter temporal encargada de elaborar los informes técnicos que contengan una evaluación del sistema previsional peruano, así como una propuesta normativa para tener un nuevo sistema de pensiones, con miras a lograr una cobertura previsional justa, digna y universal.
La medida se dispuso mediante decreto supremo (DS) 081-2022 de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), publicada hoy en el diario El Peruano.
Se establece que la Comisión Multisectorial está conformada por:
– El/la presidente/a del Consejo de Ministros, quien la preside.
– El/la viceministro/a de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
– El/la Viceministro/a de Hacienda del MEF.
– El/la Viceministro/a de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
– Un/a representante de la PCM.
– Un/a representante del Banco Central de Reserva (BCR).
– Un/a representante de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
Se determina que los/as integrantes de la comisión multisectorial cuentan con un/a representante alterno/a.
Se dispone que el ejercicio de las funciones de los/as integrantes titulares y alternos/as de la Comisión Multisectorial es ad honorem.
Funciones
Se establece que la Comisión Multisectorial tiene las siguientes funciones:
– Elaborar un informe técnico que contenga una evaluación de la situación actual del sistema previsional peruano.
– Elaborar un informe técnico que contenga una propuesta normativa para crear el nuevo sistema de pensiones, sin afectar la sostenibilidad fiscal.
Se determina que las entidades públicas antes mencionadas designarán a sus representantes titulares y alternos/as, vía comunicación escrita dirigida a la PCM, dentro del plazo máximo de cinco días hábiles, contado a partir de mañana.
Se fija que la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial está a cargo de la Secretaría de Gestión Pública de la PCM, encargada de brindar el apoyo técnico y administrativo a la Comisión Multisectorial.
Se dispone que la Comisión Multisectorial puede solicitar información, colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y/o aporte técnico de reconocidas personalidades de la sociedad civil, representantes de diferentes entidades públicas y/o privadas del ámbito nacional y/o de organizaciones internacionales.
Instalación y vigencia
Se establece que las entidades públicas que conforman la Comisión Multisectorial sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Se determina que la Comisión Multisectorial se instala en el plazo máximo de cinco días hábiles, contado a partir del día siguiente del vencimiento del plazo previsto para la designación de sus representantes.
Se fija que la Comisión Multisectorial tiene un período de vigencia de seis meses, contados a partir de su instalación.
Se dispone la publicación del presente DS hoy en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como en las sedes digitales de la PCM (www.gob.pe/pcm), del MEF (www.gob.pe/mef), y del MTPE (www.gob.pe/mtpe). (Andina)