Por: CPC SERGIO AGURTO FERNANDEZ (*)
A propósito del encuentro tripartito sostenido en Palacio de Gobierno (30-06-2022), entre el Presidente de la República, la Asociación Administradora de Fondos de Pensiones –AAFP- y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, para tratar, sobre una eventual reforma del sistema nacional de pensiones. Por el nivel de conocimientos de los participantes sobre el tema, hace presumir, que el objetivo de la reunión, no era bosquejar ninguna reforma en particular, sino buscar el afianzamiento de las AFPs en el mercado previsional, muy venida a menos luego del sexto retiro de fondos por parte de los afiliados, porque según se dijo después, fundamentalmente buscaban que el Estado se comprometa a efectuar aportes, con la finalidad de mejorar las pensiones de los jubilados de las AFPs, entre otros temas.
Era obvio que el encuentro estaba disparejo, eran dos (Privados) contra uno (Gobierno), donde los privados bien podían haber ganado “por goleada”, es decir que estaban en la mesa, dos expertos y otro nada diestro en el tema; y en tal desigualdad, cualquier cosa podía haber pasado, ya nos enteraremos.
Para el efecto se tiene que empezar entendiendo que los aportes de los trabajadores a un sistema previsional, es un ahorro obligatorio que tiene un objetivo social, y como tal en este asunto sólo interviene el trabajador, no el Estado y no el empleador.
La afiliación a un sistema previsional (ONP o AFP), es un entendimiento bipartito entre la institución elegida y el trabajador. Aquí la participación del Estado en una reforma previsional, debe ser sólo de carácter normativo, actuando como un ente regulador que da las pautas de los procedimientos a seguir, dejando en manos privadas la estructura administrativa. El retiro masivo de los fondos individuales de capitalización, ha complicado el status empresarial de las AFPs al haberse reducido su cartera de inversiones, sin perjuicio de sus utilidades que se mantendrán inalterables, y con la misma cantidad de afiliados, en razón de que los retiros de fondos no significarán desafiliaciones, y porque las comisiones por la administración de los fondos, se cobra junto a los aportes mensuales de los trabajadores y no a la vista de los resultados de la gestión.
Los intentos para reformar el sistema nacional de pensiones, siempre han tenido como ingrediente principal, a los aportes del Estado, resultando contraproducente porque los recursos del Tesoro Público, tienen otro destino, fundamentalmente sirve de “combustible” para poner en marcha a toda la maquinaria estatal y no para asumir compromisos ajenos (Pensiones de jubilación), que tiene su propia fuente de financiamiento (Aporte de los trabajadores).
Este es un tema que da para más, pero por razones de espacio, vamos a condensarlo para tratar de presentarlo resumido; para que una reforma previsional sea posible, a nuestro parecer, se tiene que integrar en una sola propuesta, aspectos básicos como; 1) Una nueva institución de carácter privado, como una tercera opción; 2) Dejar en claro los alcances de la reforma; 3) Cierre de la Ley 19990 no admitiéndose a nuevos afiliados; 4) Elevar la tasa de aportes; 5) Bancarizar todas las operaciones de pago de los servicios personales brindados, cualquiera sea la modalidad de pago; 6) Ampliar la base aportante con la afiliación obligatoria de todos los trabajadores formales e informales, profesionales liberales, periodistas y trabajadores de los medios de comunicación y de los bomberos voluntarios; 7) Jubilación o libre disposición de los fondos al cumplir los 65 años de edad; 8) Derogar la burocratizada normatividad legal que entorpecen las relaciones con los trabajadores, dejando sólo las más útiles y necesarias.
1.- Una nueva institución. El Estado debe quedar desligado del negocio previsional, no es su función, dejando la gestión en manos privadas, YA NO MAS ONP, para destinar esos recursos en ayuda social o apoyo a la agricultura familiar o a los de pequeña escala, que es ahí donde se anida la pobreza extrema.
Las dos únicas instituciones existentes en el mercado: ONP y AFP, ya demostraron sus capacidades operativas, y de las que no se tiene buenas referencias. Se debe optar por una nueva institución, constituida a través de una ley, con personería jurídica de derecho privado, bajo la forma de un banco, pero con sus propias particularidades: a) En su ley de creación, se debe encomendar al Banco de la Nación, la tarea de oficiar como Agente Financiero y abrirle una línea de crédito para el inicio de sus operaciones, es decir que se instalará el banco, sin el requisito del capital inicial; b) No se necesitará de oficina propias, bastando algunas oficinas en las capitales de provincia, que funcionarían como oficinas de enlace; en ninguna oficina del banco se hará movimiento de dinero; c) La cartera de accionistas estaría conformada exclusivamente por trabajadores que perciban rentas de cuarta y quinta categoría; d) Se seguirían cobrando comisiones por la administración de los fondos, como lo hace una AFP, para financiar los gastos de administración del banco; e) Doble beneficio para los trabajadores: como aportante, por la rentabilidad de sus aportes y como accionista, por las utilidades que se obtenga anualmente; f) Los aportes mensuales se convertirían en acciones, tan pronto sean depositadas al banco: g) El Directorio estaría conformado, por invitación, por personalidades con amplia experiencia en banca, y por dos directores-trabajadores. Este es solo un bosquejo de lo que podría ser un banco de los trabajadores, o cualquiera sea el nombre que lleve, que con seguridad va a solucionar el problema previsional. En el archivo digital del Diario de Chimbote (Página de Opinión), hay más detalles al respecto.
2.- Alcances. No habría restricciones para la afiliación a la nueva institución bancaria, cualquiera sea la edad del trabajador; lo que se trata es de involucrar al banco, a toda la Población Económicamente Activa, liberándolos de ser en su ancianidad, parte de la población indigente del país, por culpa de quienes tienen la responsabilidad de velar por ellos. Al cumplir los 65 años de edad, a la vista de su fondo de jubilación, el titular de la cuenta decidirá si se jubila o retira el íntegro de su fondo, sin impedimento alguno.
3.- Cierre de la Ley 19990. A la ONP, políticamente la han convertido en un “barril sin fondo”, que propicia la fuga de recursos públicos, flexibilizando el requisito de aportes hasta con un mínimo de diez años, ofertas promocionales que no se darían si la ONP fuera un ente privado. Por este y otros motivos, la ONP está quebrada, porque financieramente no es auto sostenible, y tiene que esperar el apoyo estatal. Se tiene que dar por cerrada la vigencia de la Ley 19990, no admitiéndose a nuevos afiliados, para que no se siga desviando fondos públicos, cuando hay otras necesidades por atender.
4.- Elevar la tasa de aportes. Actualmente la tasa de aporte mensual es de 13% en la ONP y 10% en la AFP, y son insuficientes como para garantizar pensiones de jubilación razonables; se hace imprescindible elevar la tasa, cuanto menos el doble de lo que ahora se cobra. Por el efecto de la baja cotización, es probable que el fondo ya esté agotado y el jubilado aún vive, y en tal situación, es el Estado el que subsidia el déficit de la ONP, para seguir cumpliendo su compromiso con los jubilados.
5.- Bancarizar los pagos. Como única forma para que los peruanos tengan su pensión de jubilación, es bancarizar todos los pagos que una persona efectúa por el servicio personal que recibe, a fin de que el banco retenga el porcentaje de aporte establecido y le abone a la cuenta del trabajador, cualquiera sea la modalidad de pago del servicio brindado. Por su bien, el trabajador debe exigir que se le pague a través del banco.
6.- Ampliar la base aportante. Los aportantes son el componente principal, la razón de ser del sistema de pensiones. Desde siempre pocos fueron los afortunados; con la excusa de ser informal y no estar en una planilla, se les privó de un derecho fundamental, como es la jubilación; esto debe terminar ya, con la ampliación de la base aportante, que debe incorporar a los eternos excluidos como son: los trabajadores informales, profesionales liberales, trabajadores y periodistas de los medios de comunicación, choferes y los bomberos voluntarios. A estas últimas personas, por los invalorables servicios que brindan a la sociedad en forma gratuita, mínimamente el Estado debe asumir el pago de las cuotas de aportación, sobre la base imponible de una UIT.
7.- Jubilación o libre disposición de los fondos. Habida cuenta de que el Estado en materia pensionaria no tiene ninguna responsabilidad con los jubilados, se debe establecer que los años de aportación no debe ser un requisito para alcanzar una jubilación, sino el monto acumulado en su fondo previsional, dejando a criterio del trabajador, si se jubila o retira el íntegro de su fondo, sin los impedimentos burocráticos que ahora existen.
La pretensión de las AFPs, para que el Estado se comprometa a efectuar aportes, con la finalidad de mejorar las pensiones de los jubilados de las AFPs, nos parece una burda maniobra que no va a prosperar; si las pensiones son bajas es porque también son bajas los porcentajes de aportación y la pésima rentabilidad de las inversiones, así de simple. Lo que tienen que hacer es gestionar un reajuste de los porcentajes de aportación y solucionado el problema.
(*) CPC 06-340 / E-MAIL: seragur01@hotmail.com