Durante gestión de Roberto Briceño:
El Órgano de Control Interno (OCI) de la Municipalidad Provincial del Santa, emitió un informe el pasado 29 de diciembre, dirigido al ex alcalde Roberto Briceño Franco, tras haber encontrado dos situaciones adversas en la ejecución de la obra de un local escolar, en su objetivo de revisar si la misma se ejecuta en conformidad a lo establecido.
El Informe de Hito de Control N° 042-2022-OCI/0344-SCC, refirió que la ejecución de la obra “Intervención en Local Escolar 1548, Código Local 034024, en el A.H. San Francisco de Asís”, ubicado en el distrito de Chimbote, Provincia del Santa y Departamento de Ancash, consigna dos situaciones adversas en las que señala a la entidad (Municipalidad Provincial del Santa), no haber cautelado la ejecución de la obra y el desarrollo conforme a las especificaciones técnicas del expediente técnico; lo que genera deficiencia constructiva que afectan la calidad de la obra y la aplicación de penalidades correspondientes.
Del mismo modo, se encontró que la entidad no ha cautelado que el contratista ejecute la obra con el especialista de seguridad ofertado, de acuerdo a las obligaciones previstas en su oferta técnica y las bases aprobadas, posibilitando la falta de control y el aseguramiento de la seguridad conforme se exige en el expediente técnico, además de aplicación de penalidades.
Cabe destacar que el 03 de diciembre del 2020, la entidad aprobó mediante Resolución de Gerencia de Infraestructura N°0237-2021-GI-MPS el expediente técnico de la Obra, la cual estuvo valorizada en S/4’392,855,66, y el plazo de ejecución sería 180 días calendario. Posterior a ello, el 08 de abril del 2022, la entidad contrató al Consorcio Ingeniería (Supervisión) por S/180,072.72. Por tanto, la ejecución de la obra fue iniciada el 14 de abril del 2022, estando programada su culminación el 10 de octubre del mismo año.
Finalmente, la Contraloría General de la República ha decidido advertir las dos situaciones expuestas, haciéndoselas llegar al titular de la entidad en ese entonces; Roberto Briceño Franco, dándole plazo de cinco días para las acciones preventivas o correctivas que correspondan.