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SE CONSTRUYE HOSPITAL ENCIMA DE RED MATRIZ DE DESAGÜE

En el Hospital de San Jacinto:

  • ¡El colmo!, Contraloría detecta que nuevo centro de salud de San Jacinto se construye sobre terreno que no fue saneado.
  • Se levantó infraestructura encima de red de desagüe público y nadie quiere asumir responsabilidad por tamaño despropósito.

Tres informes de la Contraloría General de la República, señalaron las irregularidades que se detectaron en el expediente técnico del denominado hospital de San Jacinto y que lamentablemente ahora las obras se han quedado paralizadas sin que las observaciones hayan sido levantadas, sobre todo aquella que señala que el terreno no está saneado y, además, una línea de desagüe público atraviesa transversalmente el terreno y cuyo expediente técnico no contemplo modificar. El expediente técnico fue elaborado por la Municipalidad Distrital de Nepeña.

Estos escandalosos hechos se dan a conocer en los informes que la Contraloría ha emitido desde agosto del 2020 (N° 4422-2022), octubre 2022 (N° 11166-2022) y marzo 2023 (N° 3969-2023), donde, además, la Municipalidad de Nepeña es la unidad ejecutora del proyecto de obra; y ninguna de las adversidades mencionadas y reiteradas han sido levantadas. Las situaciones adversas subsisten hasta hoy en día, puntualizan enfáticamente los informes de Contraloría.

En agosto del 2022, se detectó que el expediente técnico mostraba un área de terreno para la construcción del centro de salud de 6,547.46 metros, pero había una ficha de SUNARP (Copia literal) de un terreno de 5.044 metros, pero en una memoria descriptiva adjunta había un levantamiento topográfico de 6,547.46 metros, por lo tanto, existía una diferencia de 1,547.02 metros. Es decir, el terreno no estaba saneado, pues había más de 1,500 metros que no tenían documentos, es decir, se iba a construir un hospital en un terreno que no tenía saneamiento físico.

Otras de las irregularidades encontradas en agosto del 2022, fue la incompatibilidad de los informes técnicos entre el Programa Médico Funcional (PMF) y el Programa Médico Arquitectónico (PMA), así como también la categoría de centro de salud. Ambos programas no tenían compatibilidad con las normativas vigentes para la construcción de centros de salud, por esa razón, en esa fecha, señalaban que el expediente técnico no se ajustaba a la normatividad vigente, por lo tanto, presente incompatibilidades e incongruencias.

Asimismo, en ese mismo informe se señala que por el terreno cruza la red de desagüe pública, es decir, por debajo de la edificación, una tubería de PVC de 8 pulgadas. En el expediente técnico no contempla la reubicación de dicha red de desagüe y, además, el informe de Contraloría señalaba los dispositivos legales que indican que las redes públicas de desagüe deben estar en vía pública.

En el informe de octubre del 2022, la Contraloría señalaba que el municipio de Nepeña modificó las bases estándar en el procedimiento de contratación pública(Licitación) para la ejecución de la obra porque modificó el aspecto de experiencia del postor posibilitando que participen postores con menor experiencia a aquellos que tuviesen más experiencia en el cargo, generando riesgos, pues se podrían obtener resultados que no convienen al objetivo de la obra.

En este informe, señalaba que la municipalidad de Nepeña no había adoptado acciones preventivas a las situaciones adversas del informe anterior y recomendaba que haga las correcciones en el marco de sus competencias; puntualizando que el saneamiento físico legal no tuvo respuestas y lo referente al expediente técnico en los programas PMF y PMA, tampoco obtuvo respuestas.

En el informe de marzo del 2023, la Contraloría detecta que la empresa contratista de la obra, Corporación Diamante Juver S.A.C., solicitó la resolución del contrato, pues no se le habían cancelado dos valorizaciones que habían vencido en diciembre y en enero. Informan que la obra estuvo paralizada desde el 23 de marzo.

En este informe puntualiza la Contraloría que el municipio de Nepeña no cauteló el proceso de valorización según las bases y la normativa vigente, posibilitando la resolución de contrato por parte del contratista. Esa resolución de contrato es infundada. Además, hay incumplimiento de funciones del consorcio supervisor.

Otra de las observaciones en el informe es que el municipio no cauteló la ejecución de partidas específicas, técnicas y planos, pues hubo una falta total de control de calidad de la obra.

Otra de las observaciones fue que el municipio no cauteló que el contratista ejecute la obra con la totalidad del personal ofertado, propiciado por la falta de control. La penalidad es de S/. 82’648 soles.

Otra observación está referida a que la municipalidad no cauteló que el consorcio supervisor cumpliera funciones, es decir, no cumplió con su trabajo. La penalidad es de S/. 8’415 soles.

Finalmente, otras observaciones están referidas a que no hubo supervisión en la obra, pues no existen los ductos de climatización y, además, las tuberías del sistema eléctrico se encuentran encima de las vigas estructurales y vuelve a reiterar ya con la construcción realizada que la tubería de desagüe pasa por debajo de la obra.

Nuestro diario ha informado ayer que la empresa contratista ha resuelto el contrato.