Política

Instalación y suministro de tuberías de acero es observada por la Contraloría

En obra de saneamiento en Huarmey

La Contraloría ha emitido un informe de control referente a la obra “Mejoramiento y Ampliación de los Sistemas de Agua Potable, Alcantarillado y Tratamiento de las Aguas Residuales de la Ciudad de Huarmey”, que ejecuta el Ministerio de Vivienda y Construcción, a través del Programa Nacional de Saneamiento Urbano (PNSU), la cual advierte una situación adversa que pondría en peligro el correcto funcionamiento del mismo.

El informe de Hito de Control N° 21996-2023-CG/APP-SCC, realizado en agosto del presente, ha evidenciado que el suministro e instalación de las tuberías de acero inoxidable de los pozos N° 2 y 3 de la Planta de Tratamiento de Agua Potable (PTAP), no ha sido ejecutado conforme a las especificaciones técnicas del expediente técnico. Ello también ha evidenciado que el PNSU no ha realizado la supervisión a las labores, mismas que están orientadas a velar con el cumplimiento del expediente técnico del proyecto.

Es preciso recalcar que, el convenio de Inversión fue suscrito el 25 de setiembre del 2019, entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) y la Compañía Mineta Antamina por un monto de S/. 137’111,369.98, contratando para la ejecución del proyecto a la empresa Consorcio Saneamiento Huarmey. Posteriormente, en setiembre del 2021, el PNSU aprobó expediente técnico ascendiendo el monto de la obra a S/. 176’127,518.85, con un plazo de 1,035 días calendario, sin embargo, durante la elaboración del expediente técnico, el MVCS y la empresa privada (Antamina S.A.) suscribieron adendas al contrato de inversión, modificando el monto total de inversión a S/. 186’923,329.67.

En ese sentido, la Comisión constató en la visita de inspección que, las tuberías de acero inoxidable 316, acopiadas en la zona de trabajo del Pozo PP-03 no cuentan con hilos de rosca en sus extremos, lo cual no se condice con las Especificaciones Técnicas de la Especialidad de “Obras Civiles” del Expediente Técnico del Proyecto, por lo que, no están preparadas para la conexión roscada. En la misma línea, la referida tubería del Pozo PP-02 fue instalada bajo el procedimiento de unión de tuberías por “soldadura”, incumpliendo lo establecido en las Especificaciones Técnicas del Expediente Técnico.

Del mismo modo, en cuanto al tratamiento de la superficie Pintado o para el decapado y pasivación, la Comisión también señala en el informe que, las tuberías de acero inoxidable 316, acopiadas en la zona de trabajo del Pozo PP-03 presentan salpicaduras y escoria, no habiéndose completado el proceso de limpieza mecánica manual, incumpliendo las especificaciones técnicas del expediente técnico. Asimismo, se identificó que, la Entidad Supervisora no realizó observaciones a la conexión de tuberías en el Pozo PP-02 y/o en el Pozo PP-03.

Según reglamentos, la Entidad Supervisora contratada es responsable de realizar la actividad de supervisión para la correcta ejecución del Proyecto, conforme lo indican las Bases Integradas del Contrato de Supervisión, que consideran como actividades específicas de la Entidad Supervisora, la verificación del cumplimiento de las Especificaciones Técnicas y demás documentos contemplados en el Expediente Técnico. Por su parte, no se evidencia que el PNSU en el marco de sus funciones, haya realizado el seguimiento a las labores de la supervisión orientadas a velar por el cumplimiento de las mimas.

El informe en mención ha sido elaborado por la Subgerencia de Control de Asociaciones Público Privadas y Obras por impuestos, comunicado al director ejecutivo del PNSU que se tomen las medidas correspondientes, con el fin de llevar a cabo el correcto funcionamiento de la obra principal y la culminación de obras civiles como estructuras, equipamiento hidráulico y eléctrico del mismo.

Situación actual del proyecto:

Es preciso señalar que, durante la etapa de la ejecución del Proyecto, el MVCS aprobó las solicitudes de ampliaciones de plazo N° 3, y N° 5 presentadas por la Empresa Privada a la Entidad Supervisora, modificando el plazo del Convenio de Inversión; sin embargo, aún está pendiente la firma de la adenda correspondiente a la ampliación de plazo N° 5.

Además, la Entidad Supervisora otorgó opinión favorable hasta la valorización del mes de julio de 2023, que indica un avance de ejecución de obra al 89.38%, de conformidad con cronograma de ejecución de Obra, con fecha de culminación el 12 de junio de 2023, sin embargo, la Comisión no cuenta con la aprobación del PNSU.

Por otro lado, existe un atraso en la culminación de la etapa de ejecución de obra, lo cual no permite poner en marcha la misma. De la información recibida por el PNSU se tiene que, el plazo de ejecución total establecido en el Expediente Técnico para la ejecución del Proyecto es de 660 días calendario, plazo que fue modificado a 803 y, posteriormente a 852 días como consecuencia de las ampliaciones aprobadas por el PNSU.

Por otro lado, se ha podido verificar la existencia de humedales artificiales con estructuras flotantes, pero sin la instalación de totoras dentro de las zonas del sistema. Esto genera el riesgo de no desarrollar de forma óptima los procesos químicos y bilógicos por los cuales fueron contemplados en el expediente técnico. Del mismo modo, se constató la aparición de salitre y desprendimiento de la pintura en algunas zonas de las paredes internas de la caseta de válvulas del Reservorio.