El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) adecuó su sistema Consulta de multas electorales a fin de condonar y reducir las multas electorales correspondientes a los procesos electorales celebrados el 2021 y 2022, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 31909, que establece dichas medidas debido a la emergencia sanitaria por la pandemia del covid-19.
De este modo, en el sistema de la entidad electoral se extinguió la deuda pendiente de pago de los ciudadanos omisos al sufragio y de los que no asistieron, o se negaron a integrar las mesas de votación, o a desempeñar su rol de miembros de mesa en los tres procesos electorales del 2021, ya que así lo establece la referida norma.
Se trata de las Elecciones Generales 2021 (EG 2021), las Elecciones Municipales Complementarias de Alcalde y Regidores en el Distrito de Chipao 2021 (EMC 2021) y en la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2021 (CPR 2021).
Igualmente, ya se puede verificar la multa condonada o reducida de manera diferenciada -por tipo de multa y según clasificación de distritos “no pobre”, “pobre” o “pobre extremo”- de quienes no votaron o no cumplieron con asistir, conformar o desempeñar su función de miembros de mesa en las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM 2022).
Dispensas y archivo de cobranzas coactivas
Asimismo, la plataforma de Dispensa y justificación virtual para Multas del JNE ha incorporado la disposición de la citada ley que faculta a las personas que fueron diagnosticadas con covid-19, dentro de un plazo máximo de 10 días calendario previos a la realización de las ERM 2022 y hasta la fecha de dicha elección, a tramitar su dispensa por omisión al sufragio o su justificación por no integrar las mesas de votación.
Por su parte, la Unidad de Cobranzas del organismo electoral emitirá las resoluciones coactivas de suspensión, levantamiento y archivo, entre otras, de los procedimientos de cobranzas coactivas que se iniciaron contra los ciudadanos que no pagaron las multas electorales referidas a los procesos del 2021 y 2022, anteriormente señalados.
Es importante señalar que la norma en mención indica que la condonación y reducción de multas electorales no alcanza a quienes a la fecha hubieran efectuado la cancelación de estas, no siendo procedente la devolución del pago por dicho concepto.
Se anota que a las plataformas “Consulta de multas electorales” y “Dispensa y justificación virtual para Multas” se puede acceder mediante el portal institucional del JNE. (Andina)