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VEDA PARA TRUCHA ARCO IRIS, CANGREJO DE MANGLAR Y TIBURON MARTILLO DECRETA PRODUCE

Con el objetivo de evitar la depredación de los recursos hidrobiológicos y permitir la reproducción de las especies, el Ministerio de la Producción (Produce) estableció las vedas reproductivas de las especies tiburón martillo, cangrejo de manglar y trucha arcoíris.

Tiburón de martillo

Con respecto al tiburón de martillo, se estableció la veda reproductiva del primero de enero al 10 de marzo de 2024 en todo el litoral peruano.

Cabe mencionar, que esta especie puede llegar a pesar hasta media tonelada y medir cerca de 6 metros, es decir, es más grande en longitud que cualquier camioneta promedio. Además, nada en aguas tropicales y subtropicales de todo el mundo.

Cangrejo de manglar

Otra especie que ingresa a la lista es el cangrejo de manglar, el cual se encuentra en veda reproductiva del 15 de enero al 28 de febrero del presente año en la zona litoral de la región de Tumbes, quedando prohibida toda actividad extractiva que lo involucre, así como su transporte, procesamiento y/o comercialización.

El cangrejo de manglar es uno de los recursos marinos más importantes de la región por la magnitud de su comercialización en el mercado local y regional, extendido hacia otras regiones costeras del Perú.

Trucha arcoíris

Del mismo modo, queda prohibido toda actividad que involucre a la trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss) en los cuerpos de agua altoandinos de la región Áncash en el período comprendido del primero de enero al 30 de abril de 2024.

La trucha arcoíris es un pez resistente y fácil de desovar, de crecimiento rápido, tolerante a una amplia gama de ambientes y manipulaciones; los alevines grandes, que usualmente comen zooplancton, pueden ser iniciados fácilmente en la alimentación con una dieta artificial.

En el caso de la región Cajamarca, el Produce ha establecido la veda reproductiva del recurso de la trucha desde el primero de enero hasta el 31 de marzo.

El Ministerio de la Producción exhortó a todos los actores involucrados de la cadena productiva a cumplir con lo dispuesto en la normativa vigente a efectos de contribuir en la sostenibilidad de los recursos marinos y continentales para evitar posibles sanciones por incumplimiento al ordenamiento pesquero. (Andina)