La Mesa Directiva del Parlamento dispuso incrementar el monto que perciben los congresistas por función congresal de S/7 617.20 a S/11 mil; es decir, un incremento de más de S/3 mil cada mes, según reveló el dominical Punto Final.
Según el programa periodístico, para dicho incremento se consideró como factor de actualización el índice de precios al consumidor; es decir, el aumento de los precios de productos de panllevar, y se haría efectivo desde marzo de este año.
Al respecto, RPP conversó con José Cevasco, exoficial Mayor del Congreso, quien explicó cuáles son las remuneraciones que perciben los congresistas y a quién deben rendirle cuentas por dichos ingresos.
Cevasco Piedra explicó que los parlamentarios perciben una remuneración que asciende a más de S/15 mil mensuales, “sin aplicar el impuesto a la renta”, y que el monto que perciben por función congresal se refiere a una asignación que reciben exclusivamente para sus actividades de representación.
“Tienen su remuneración: S/15 mil y pico de soles, como cualquier trabajador, es el (ingreso) bruto sin aplicar el impuesto a la renta o el resto de impuestos que concierne a la remuneración. Luego tienen la función congresal, (que) es un concepto muy antiguo (…) que se crea para poder darle una asignación adicional por las funciones que ellos realizan, y se les denominó función congresal con el propósito de tener un concepto adicional a la remuneración que ya se tenía”, explicó.
Vale resaltar que en la página web del Congreso se precisa que la remuneración mensual de cada legislador es de S/15 600, con dos gratificaciones por el mismo monto depositadas en julio y diciembre de cada año.
Asimismo, José Cevasco indicó que existe el “gasto por semana de representación”, el cual asciende a más de S/4 mil, y del que ya no hay necesidad de sustentar por estar sujeto al impuesto a la renta.
“Entonces, estos tres conceptos: remuneración, función congresal y semana de representación están sujetos al impuesto a la renta. Así se convierten de libre disponibilidad y no están sujetos a ningún tipo de sustentación de gastos”, refirió.
Asimismo, explicó que lo percibido por función congresal -que hasta la fecha es de S/ 7 617.20 pagados en los primeros cinco días hábiles de cada mes- no tiene ninguna diferencia con el sueldo, pues no está sujeto al impuesto a la renta. Tampoco el monto de semana de representación.
¿A quiénes les rinden cuentas?
Por otro lado, Cevasco precisó que “la función congresal no está sujeta a ningún tipo de rendición de cuentas”; es decir, los congresistas no reportan a nadie acerca de la forma en la que usan los montos que les deposita el Parlamento.
“El único informe por el cual los parlamentarios están obligados a rendir es respecto a sus actividades en la semana de representación. El informe se entrega a la presidencia del Congreso y se incorpora en la agenda del Consejo Directivo para la toma de conocimientos y en seguida se publica en el portal del Congreso. Es el único informe por el cual ellos están obligados”, sostuvo Cevallos