El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones derogó la norma que regula la obligación de los concesionarios del servicio de telefonía fija y del servicio público móvil de proporcionar información a los concesionarios de larga distancia y a los concesionarios que brindan servicios especiales con interoperabilidad.
Se indica que esta derogatoria responde a que el mercado de larga distancia ha experimentado una contracción importante a consecuencia, entre otras razones, de su sustitución por el uso de las nuevas tecnologías y el decrecimiento del servicio de telefonía fija.