El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundado el pedido que hizo el suspendido alcalde provincial de Trujillo, Arturo Fernández, para que se le restablezca la vigencia de su credencial de burgomaestre.
En la resolución 0197-2024, emitida por el pleno del JNE, se oficializó esta decisión. El documento fue publicado en la separata de normas legales del Diario Oficial El Peruano hoy.
Se indica como argumento de la misma que existe una sentencia en segunda instancia en contra de la autoridad municipal suspendida y que la rehabilitación del sentenciado tras el cumplimiento del fallo “no tiene repercusión en otros ámbitos normativos como el electoral”
En ese sentido -se indica- ese factor “no extingue la causa de suspensión invocada, ya que esta no se fundamenta en el cumplimiento (o incumplimiento) de la pena impuesta –como aduce el señor peticionante–, sino en el acto mismo de la imposición de la sentencia en segunda instancia”.
Por tanto, el JNE señala que tener en cuenta ese factor resultará útil “para evitar que las autoridades municipales condenadas a penas privativas de la libertad por delito doloso dilaten u obstaculicen el procedimiento buscando que, por el cumplimiento de la pena u otra particularidad, este Tribunal Electoral no se pronuncie sobre la suspensión”.
“Por lo expresado, como la presente solicitud de restablecimiento de vigencia de credencial carece de fundamento, debe ser desestimada”, se señala en la resolución.
Antecedentes
En enero, la entidad que encabeza el Sistema Electoral, dejó sin efecto la credencial de Fernández, y convocó a Mario Reyna para que desempeñe el cargo de alcalde, hasta que se resuelva la situación jurídico legal del mencionado personaje.
Esta incluye la sentencia a un año de pena privativa de la libertad que se le impuso por difamación agravada. (Andina)