Opinión

Criminalizando al abogado

POR: FERNANDO VALDIVIA CORREA

En plena Audiencia del juicio oral en el caso conocido como “Cocteles”, el chocarrero fiscal José Domingo Pérez ratificó el pedido de 6 años de cárcel para Giulliana Loza, abogada de Keiko Fujimori, por obstrucción a la justicia en ese mismo proceso. En paralelo, se conoció que el expresidente de la Corte del Callao, Walter Ríos, habría mentido reiteradamente en sus declaraciones para acogerse a la colaboración eficaz, poniendo en riesgo el juicio de los “Cuellos Blancos de Puerto”, amén de involucrar falazmente al letrado José Luis Castillo Alva con prisión preventiva. Asimismo, recientemente un semanario capitalino publicó un reportaje vinculando al actual ministro de Interior en un presunto caso de lavado de dinero en el 2005, sin aportar mayores pruebas que la delación de un supuesto narcotraficante (fallecido actualmente) en un proceso. De inmediato, Juan José Santiváñez, visiblemente incómodo, negó las imputaciones en su contra requiriendo notarialmente, tanto al periodista a cargo de la nota como al director de dicho medio, la respectiva rectificación. Más aún, en conferencia de prensa, atendiendo a la interrogante de una periodista por un similar tema, JJ declaró que pretende criminalizarse la tarea del abogado.

De esto último, resulta que efectivamente no es la primera vez que colegas son (o fueron) comprometidos como parte integrante de actos ilícitos. Y varios de ellos afrontan investigaciones fiscales, e incluso -como está escrito- algunos puestos tras las rejas.

Seamos claros. Aquella persona (peruana o no) que delinque asume su responsabilidad penal, cumpliéndose eso sí el debido proceso (derecho de defensa, pluralidad de instancias, etc.). No obstante, el noble ejercicio profesional como abogado se encuentra constitucionalmente protegido por ley, y consiste -entre otros- de patrocinar a imputados de las garras de la justicia; ergo, librarlos de la reclusión. Cierto es que en ocasiones escuchamos que los jurisconsultos complican las cosas; esto es, alargan los juicios. No, no y no. Y otra vez no. Si una norma (Ley, Reglamento, Directiva, etc.) permite prolongar un determinado caso (en fiscalía o en sede judicial), sea para que prescriba el delito o le varíen detención por comparecencia a su cliente, el colega así actuará. Por lo tanto, jamás estaremos coludidos, ni entorpeceremos, con la recta administración de justicia en su trinomio: Policía Nacional del Perú, Ministerio Público, y Poder Judicial, quienes tienen deberes y responsabilidades diferenciados entre sí, consagrados en la Carta Política, y leyes.

En esa línea, los Colegios de Abogados tienen un rol preponderante en la férrea protección de la labor profesional del agremiado. El CAL, por ejemplo, rechazó las agresiones sufridas por Giulliana Loza a la salida de la citada audiencia. Sí, lo hizo, aunque no existe pronunciamiento respecto de los colegas perseguidos judicialmente por el quehacer cotidiano; es decir, la defensa irrestricta de su patrocinado. Benjamín Franklin, uno de los padres fundadores de los Estados Unidos de Norteamérica, dijo: “Debemos mantenernos unidos o, con toda certeza, nos ahorcarán por separado”.