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Procurador Anticorrupción se opone a sobreseimiento de investigación a vendedor de camionetas

Pedirá que Juez pida opinión de Fiscal Superior:

Una especie de manoseo legal en la investigación contra el empresario que vendió de manera directa los 10 vehículos para Seguridad Ciudadana de la municipalidad de Nuevo Chimbote en la gestión del ex alcalde Domingo Caldas Egúzquiza, se advierte de la investigación preparatoria efectuada por el fiscal anticorrupción Alejandro Galloso Asencio.

El magistrado del Ministerio Público inició la investigación para todos los implicados por el delito de colusión, posteriormente lo derivó a colusión simple, para finalmente arribar a negociación incompatible.

Bajo esta pretensión, solicitó el sobreseimiento (archivo) en el extremo del extraneus que resulta ser Kevin Walter Ludeña Alva, administrador de la firma Asistencia y Mecánica Automotriz que vendió las 10 unidades por el valor de 1’860 mil soles.

Conforme a la disposición fiscal de requerimiento mixto, Galloso Asencio planteó sobreseimiento de la causa a Ludeña Alva sosteniendo que no tuvo injerencia en los actos colusorios (concertación) para obtener la buena pro de la compra directa de los vehículos. Pero sí mantiene la acusación para el ex alcalde y para los ex funcionarios ediles comprometidos.

Sin embargo, para el Procurador Anticorrupción de la Provincia del Santa, Dr. Richard Asmat Urcia, el fiscal habría incurrido en falta de motivación aparente para sustentar su disposición en el extremo del empresario, quien prácticamente quedaría fuera del caso, ni llegaría a juicio.

Ello se desprende del escrito de oposición al sobreseimiento que ha planteado el Procurador Anticorrupción, pues considera que el empresario debe ser considerado dentro de la acusación que lo lleve a juicio junto a los otros imputados, y en la que se determinará si es responsable o no de los hechos investigados.

“Como puede apreciarse de la motivación aparente advertida, el fiscal del caso, al establecer que el delito investigado es el de negociación incompatible, automáticamente el extraneus tiene que salir de la investigación, pues según la jurisprudencia nacional [Casación N° 346-2019 – Moquegua], este tipo de delito se infringe el deber funcional por este motivo no puede ser cometido por el extraneus”, sostiene Asmat Urcia en su escrito que obra en nuestro poder.

En ese sentido, sostiene entonces que Ludeña Alva, representante de la empresa ganadora de la buena pro, al no ser funcionario público no puede estar inmerso en la investigación de los hechos denunciados.

El Procurador Anticorrupción considera que no se cumplen los requisitos exigido para el sobreseimiento de la causa y en ese sentido pidió que se eleve su oposición al fiscal superior para que analice y resuelva al respecto.

La audiencia de requerimiento mixto (sobreseimiento y acusatorio) ha sido programado por el juez anticorrupción Alex Alegre Aranguri para el próximo 17 de septiembre.

Los imputados son el ex alcalde de Nuevo Chimbote Domingo Caldas Egúzquiza, los ex funcionarios municipales Daniel Cueva Huaraz, Octavio Cuzma Delgado y Carlos Enrique Minchola Lavado, así como el administrador Kevin Walter Ludeña Alva.