ANCHOVETA
La resolución que otorga luz verde al inicio de la segunda temporada de pesca industrial, ya está vigente y ha sido emitida por PRODUCE de acuerdo al informe de IMARPE, donde se describen los resultados de los cruceros de los meses de septiembre y octubre. La cuota de la primera temporada de pesca, en el mes de abril, fue de 2’475,000 toneladas y se pescó 2’430,499 toneladas, es decir, se alcanzó el 98.2% de esa cuota establecida. La biomasa detectada al 01 de abril del 2024, es decir, antes de iniciarse esa temporada de pesca, fue de 9’978,706 toneladas. Para esta segunda temporada de pesca, la cuota de captura de anchoveta es de 2’510,000 toneladas y, según el informe, porque no lo da a conocer la Resolución, al 10 de octubre del 2024, es decir, teniendo en cuenta los resultados del crucero 2409, la biomasa es de 7’818,814 toneladas. Siempre, desde 1996 hasta el 2023, la biomasa antes del inicio de la segunda temporada de pesca, siempre es menor que el anterior y en este caso, teniendo referencia la de abril del presente es 21% menos, pero 8.9% mayor que la observada en el invierno primavera del 2023. Según el informe de IMARPE, esta biomasa del 10 de octubre del presente es 17% mayor al promedio de las observadas en esta misma fecha de lo que va desde 1996 al 2023. Según lo informa en sus redes sociales, el coordinador del IMARPE en Chimbote, Angel Perea, manifiesta que, “en esta época del año, los valores de grasa en este recurso tan demandado, no son naturalmente las mejores debido al desgaste producido por el desove. Agrega que es probable que tenga una dispersión de cardúmenes que siempre dificultará las capturas”. Lo cierto es que todos están contentos que, desde el 01 de noviembre empieza la pesca de anchoveta.
INSISTE POR DESCONOCIMIENTO
Ayer manifestábamos en esta misma columna que, Carlos Alberto Zelada Chávez se aferra al cargo, pues había presentado un escrito para que el Séptimo Juzgado Laboral haga cumplir la resolución que lo repone en el cargo. Lo hizo después que ese mismo juzgado había archivado el expediente porque no se había agotado la vía administrativa. Ocurre que, el artículo 4 del Código Procesal Constitucional establece que primero se agota la vía administrativa, el cual es un requisito previo para acceder a la jurisdicción contencioso administrativo. Ese artículo condiciona al cumplimiento de dicho requisito y ese requisito no lo había cumplido el demandante Zelada Chávez; por lo tanto, al no haberse agotado la vía administrativa, esa controversia no podría continuar en el juzgado porque las medidas cautelares son accesorias al proceso judicial, su vigencia se extingue automáticamente al archivarse el proceso. Todo indica que Zelada Chávez no está asesorado jurídicamente de manera eficiente y por eso ha insistido a pesar que el juzgado ya había archivado el proceso.
SEDACHIMBOTE
La Contraloría General de la República ha dado a conocer deficiencias en la construcción de la línea de impulsión del Pozo Tubular 4 y que incluso tiene que construirse un reservorio. Lo que nos llama la atención es que, a pesar de los continuos informes del órgano de control sobre los pozos tubulares que ejecuta Seda Chimbote, no se han rectificado, pues así lo señala el órgano de control. Lo sucedido en el Pozo Tubular 18 es la mejor muestra, porque al final se ha determinado que han puesto un motor eléctrico que no es el que especificaba el expediente técnico y aquí tiene que haber responsabilidades y seguro se van a plantear en el momento que la Contraloría las disponga en cada una de las irregularidades encontradas. Mientras tanto, la EPS sigue muda como si se hubieran puesto un esparadrapo en la boca.