Política

Las autorizaciones del uso acuático en playa Las Conchuelas de Isla Blanca datan del 2021 y 2022

No hubo participación ciudadana:

Las resoluciones directorales que han otorgado autorización a la empresa Servicios Marítimos y Turísticos del Perú S.A.C., para instalar un muelle recreativo turístico en la playa Las Conchuelas de la Isla Blanca tienen su fundamento en la Ley N. 27446, denominada Ley de Sistema Nacional de Evaluación de impacto ambiental, que en su artículo 13 establece que para cualquier proyecto debe existir la difusión y la participación de la comunidad y, además, en el segundo considerando de la resolución del MINCETUR, indica de manera tajante que esta ley regula la debida aplicación de los criterios, instrumentos y procedimientos de la evaluación de impacto ambiental, así como aseguramiento de la participación ciudadana.

La norma emitida por MINCETUR es la Resolución Directoral N° 0241-2021-MINCETUR/VMT/DGPDT, es puntual cuando se refiere a la ley del Sistema Nacional de Evaluación de impacto ambiental y, por esa razón, debemos referirnos a ella porque data del 21 de diciembre del 2021 y la Resolución Directoral N° 682-2022-MGP/DICAPI de fecha 19 de agosto del 2022 son las que han otorgado las autorizaciones para que esta empresa establezca un muelle en la playa Las Conchuelas de la Isla Blanca y le ha otorgado esta última el uso efectivo del área acuática de 456.205 m2 para la instalación esa infraestructura.

Según la resolución del MINCETUR, la empresa presentó a la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico del MINCETUR el proyecto denominado: Evaluación preliminar de la “Instalación de un Muelle recreativo de una obra de uso público, turístico y recreativo” y después fue derivado a la Autoridad Nacional del Agua y a la DICAPI. La primera encontró cuatro observaciones y la segunda dieciocho. Según el MINCETUR levantó las observaciones, pero DICAPI insistió que de las 18, solamente pasaron 10 y seguía observando ocho. Casi al finalizar el mes de noviembre de ese año 2021, DICAPI autorizó el levantamiento de todas las observaciones, las cuales están contenidas hasta en dos informes técnicos sobre los detalles.

El 14 de diciembre del 2021, el MINCETUR concluye que, la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico aprobó el proyecto presentado por Servicios Marítimos y Turísticos del Perú S.A.C.

En esta resolución indica que, este instrumento no constituye el otorgamiento de autorizaciones, permisos, licencias y otros que, por disposición de leyes orgánicas y especiales, sean de competencia de otras autoridades nacionales, sectoriales, regionales o locales.  Mientras que DICAPI autorizo el uso de dicha área acuática por 30 años.

Cuando se hizo público la presencia de elementos extraños en la isla Blanca, colocando infraestructura de material recuperable, el alcalde de la ciudad, Luis Gamarra Alor manifestó su extrañeza y rechazaba las construcciones existentes en las playas Las Conchuelas de la Isla Blanca, lo que quiere decir que esta empresa no ha comunicado a la Municipalidad Provincial del Santa que operará en dicho sector un muelle turístico.

También es evidente que la Ley N. 27446, respecto a la participación ciudadana, no se ha producido, pues todos nos hemos enterado de este proyecto cuando alguien denunció esas infraestructuras en la Isla Blanca. Si las resoluciones datan del 2021 y 2022, ese proceso de participación ciudadana debió haberse producido en aquel momento y eso no ha sucedido.

Hoy en día, diversos sectores se han pronunciado al respecto, pues nadie tenía conocimiento de las resoluciones N° 0241-2021 y N° 682-2022. Hasta dos congresistas han anunciado las solicitudes que han enviado a los ministerios para conocer los alcances de las autorizaciones que se han otorgado a esta empresa y que no ha tomado en cuenta artículos puntuales de la Ley N. 27446, que se supone es la que respalda legalmente este tipo de iniciativas.