Política

Se promulga ley que prohíbe “vapear” en espacios públicos cerrados y medios de transporte público

El Congreso de la República promulgó la ley Nº 32159 el cual “prohíbe fumar o vapear” en establecimientos dedicados a la salud o a la educación, en las dependencias públicas, en los lugares de trabajo, en los espacios públicos cerrados y en cualquier medio de transporte público” considerados como ambientes 100% libre de tabaco.

Según la norma legal publicada en el diario El Peruano, también se tomaron medidas de control a la publicidad, promoción y patrocinio de los SEAN (Sistema electrónico de administración de nicotina) como los vapes y cigarrillos electrónicos: “está prohibida toda forma de publicidad directa e indirecta, así como la promoción y patrocinio de productos de tabaco o sus sucedáneos, incluso de los que tengan alcances transfronterizos”.

Por otro lado, señala que todos los lugares que sean de acceso publico a la población deben colocar carteles visibles con el siguiente mensaje: “está prohibido fumar y vapear en este establecimiento por ser dañino para la salud. este ambiente es cien por ciento libre de humo y emisiones de vapeo”.

Dicha ley también establece normas de protección al menor. Esta prohibido “La venta de productos de tabaco, productos de nicotina, sistemas electrónicos de administración de nicotina y similares sin nicotina, sucedáneos del tabaco o la nicotina, dispositivos y sus accesorios a menores de edad” y tambien prohibe a los menores de edad vender estos productos.