Para obra del Colegio Politécnico:
De acuerdo a la resolución N° 5332-2024-TCE-S3 del Tribunal de Contrataciones del Estado, se ha dispuesto anular el Concurso Público N° 002-2024-GRA-SRP-CP-PRIMERA CONVOCATORIA, que tenía por finalidad contratar el servicio de consultoría de obra para la supervisión de la construcción Mejoramiento y Ampliación del Colegio Politécnico Nacional del Santa.
Según esta resolución, el procedimiento debe retrotraerse hasta la etapa de absolución de consultas, observaciones e integración de bases, por lo que, nuevamente los postores presentaran sus ofertas y se realizará una nueva evaluación para otorgar la buena pro.
Dispone, además, esta resolución, devolver la garantía presentada por el Consorcio Supervisor del Santa, integrado por la empresa MS Servicios S.A.C. y el señor Mario Esteban Ortiz Alvarado para la interposición de su recurso de apelación.
Según el resumen de la resolución mencionada, indica que corresponde declarar la nulidad del procedimiento de selección, retrotrayéndose hasta la etapa de solución de consultas e integración de bases en observancia de lo previsto en las bases estándar, las cuales se establecen de manera clara qué si el postor desarrolla la metodología que sustenta su oferta, se le asignará un puntaje especifico, mientras si ello no ocurre, se le otorgará un puntaje 0.
La Subregión Pacífico había realizado el proceso de convocatoria y después que presentaron las ofertas vía electrónica, hubo 11 postores que se presentaron con la oferta de 1’524,607.74 soles, es decir, son 11 con la misma cifra y, de acuerdo a las evaluaciones y el listado del resultado del sorteo, las posiciones finales fueron el primer lugar Consorcio Consultor Bastet, Consorcio Ancash en el segundo lugar y Consorcio Supervisor Politécnico en el tercer lugar. Estos resultados fueron impugnados por el Consorcio Supervisor del Santa, integrado por MS Servicios S.A.C. y Mario Esteban Ortiz Alvarado.
El tribunal realizó una serie de evaluaciones sobre la modalidad que utilizó el comité de selección sobre la calificación de la metodología que se había empleado, en este caso fue puntuación de acuerdo a las ofertas; mientras que el Tribunal ha señalado que debe haber una puntuación del 0-20.
Es por esta razón que, de acuerdo al artículo 44 y el articulo 128 del Reglamento de Contrataciones del Estado, declararon la nulidad del procedimiento de selección,
El informe tuvo como vocal ponente a Cecilia Ponce Cosme y también intervinieron Marlon Arana Orellana y Roy Álvarez Chuquillanqui, que forman la tercera sala del Tribunal de Contrataciones del Estado.
En los actuales momentos, la obra del colegio Politécnico se encuentra en la etapa de demolición y el plan de contingencia y se encuentra un inspector de obra designado por la Subregión El Pacifico hasta cuando se produzca el otorgamiento de la buena pro para el consultor de la supervisión de la obra.