El Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional declaró infundada la solicitud de variación de prisión preventiva presentada por la defensa de Vladimir Cerrón, investigado por los delitos de organización criminal y lavado de activos en agravio del Estado.
El magistrado Leodan Cristóbal Ayala señaló que el pedido no presenta nuevos elementos de convicción y que Cerrón incumplió sistemáticamente las reglas de conducta impuestas, como no reportar su domicilio, ni presentarse a los controles biométricos o a diligencias fiscales.
Señala además que, en un estado constitucional de derecho, ningún ciudadano puede elegir qué decisiones judiciales cumplir y qué no; por el contrario, está obligado a acatar y dar estricto cumplimiento a las decisiones judiciales en sus propios términos.
“La conducta evasiva antes descrita del imputado Vladimir Roy Cerrón Rojas no puede ser premiado con la variación de la medida de prisión pendiente de ejecución”, señala la resolución.
En ese sentido, el magistrado indica que corresponde desestimar la solicitud de variación de la medida de prisión preventiva por la de comparecencia simple, al verificar que las circunstancias que motivaron la medida no han variado a favor del imputado.
“El peligro procesal afirmado como riesgo concreto y razón determinante de la medida se mantiene vigente a la fecha ante la condición de no habido del imputado, el mismo que genera serios inconvenientes en el avance de la investigación fiscal”, precisa.
Asimismo, a fin de proseguir la investigación fiscal de forma segura y en el plazo de ley, el juez deja abierta la posibilidad de solicitar medidas homogéneas que ofrece la norma procesal, como la vigilancia electrónica o detención domiciliaria, siempre que el caso reúna los presupuestos procesales que habiliten su imposición.