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Precandidato Antonio Casana fue detenido por conducir en estado de ebriedad

Tenía 1.60 de alcohol por litro de sangre:

Antonio Jorge Casana Alencastre (50), pre candidato municipal por Alianza Para el Progreso, que fue detenido la mañana del sábado 7 del presente mes por conducir su vehículo en estado de ebriedad fue dejado en libertad a las 5 de la tarde del mismo día a pesar que el resultado del dosaje etílico que se le practicó fue de 1.60 gramos de alcohol en la sangre, es decir muy por encima de lo permitido.

Nuestro medio obtuvo el documento del dosaje etílico en el que se precisa que la prueba de análisis de sangre fue tomada a las 6:50 de la mañana, es decir 20 minutos después de haber sido intervenido por la Policía Nacional en el jirón Tumbes con la avenida Enrique Meiggs.

En tanto, se supone que la fiscal Lady Chumpitaz Pizarro, adjunta de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chimbote, realizaba las diligencias de investigación de este caso, el detenido permanecía en el Módulo de Flagrancia ubicado en el distrito de Nuevo Chimbote,  donde un juzgado debía recibir la denuncia fiscal y resolver la situación jurídica de Casana Alencastre.

La representante del Ministerio Público nunca lo puso a disposición del juzgado de flagrancia y por el contrario a las 5 de la tarde del sábado dispuso que sea liberado. Casana Alencastre había permanecido detenido 10 horas y media.

La decisión de la fiscal dejó perplejo al personal jurisdiccional del Módulo de Flagrancia que aguardaba al detenido pre candidato para que se resuelva su situación jurídica en audiencia via la solicitud de incoación del proceso inmediato que debería haber formulado Chinchay Pizarro, conforme al artículo 446 del código procesal penal.

Este artículo obliga a la representante del Ministerio Público solicitar la incoación del proceso inmediato. El texto señala que el fiscal debe (no es debería) solicitar la incoación del proceso inmediato, bajo responsabilidad en casos de conducción en estado de ebriedad o drogadicción. Sin embargo, la fiscal Lady Chinchay no siguió el procedimiento legal y por el contrario decidió otorgar libertad al detenido Antonio Casana.

Algunos letrados indicaron que una posible justificación de la fiscal Lady Chinchay para dejar en libertad al detenido sería que está  en sus facultades aplicar el principio de oportunidad. Otras fuentes consultadas señalaron que este principio de oportunidad debe ser solicitado por la representante del Ministerio Público en audiencia, en la misma que sería resuelta por el juez de la causa.

La polémica sobre la decisión de la fiscal en cuestión se ahonda cuando se ha incumplido el artículo 15 de la ley 32348 que crea el Sistema Nacional de Justicia Especializado en Flagrancia Delictiva, que está vigente desde el 24 de mayo pasado. A la letra precisa que “…el detenido en flagrancia debe ser trasladado de manera inmediata, bajo responsabilidad funcional, a la Unidad de Flagrancia Delictiva para determinar su situación jurídica”.