Editorial

La Ley 32330 y su impacto en el sistema Penal Juvenil peruano

La reciente promulgación de la Ley 32330 por parte del Congreso de la República del Perú ha desatado una fuerte controversia jurídica y social. Esta norma modifica el tratamiento penal de los adolescentes de 16 y 17 años, permitiendo que sean juzgados como adultos cuando cometan delitos, lo que implica la posibilidad de imponerles sanciones más severas, como la prisión preventiva o condenas penitenciarias comunes. El debate se centra en la tensión entre la necesidad de combatir eficazmente la delincuencia juvenil, particularmente en contextos de violencia urbana, y el respeto a los principios del derecho penal juvenil y los derechos humanos.

Desde una perspectiva de seguridad ciudadana, los promotores de la ley sostienen que se trata de una respuesta proporcional a la creciente participación de menores en delitos graves, muchas veces vinculados a organizaciones criminales que instrumentalizan a los adolescentes aprovechando su inimputabilidad o el tratamiento penal más benévolo del sistema juvenil. La ley busca cerrar esta brecha de impunidad, generando un efecto disuasivo y permitiendo sanciones más efectivas en casos flagrantes.

Sin embargo, los críticos, incluyendo diversos juristas, defensores de derechos humanos y organismos internacionales, advierten que esta reforma puede contravenir los principios fundamentales del derecho internacional, como el interés superior del niño, el principio de culpabilidad conforme al desarrollo evolutivo, y el mandato de privilegiar medidas socioeducativas sobre el castigo penal en el caso de adolescentes. Argumentan que juzgar a un menor como si fuera un adulto ignora su menor madurez psicológica y social, y puede agravar su situación al ser expuesto a entornos penitenciarios que fomentan la reincidencia.

A nivel constitucional, la norma también genera dudas sobre su compatibilidad con el artículo 4 de la Constitución Política del Perú, que reconoce la protección especial de niños y adolescentes. Por ello, la presidenta del Poder Judicial, Janet Tello, ha anunciado que la Corte Suprema evalúa presentar una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional. Mientras tanto, jueces como Carlos Zavaleta han señalado que cada magistrado deberá decidir caso por caso si aplica la ley, lo que abre la posibilidad de un control difuso y genera incertidumbre jurídica.

Es comprensible que el Estado busque responder con firmeza al problema de la delincuencia, pero esta respuesta no debe perder de vista que los adolescentes siguen siendo menores de edad, en una etapa de formación, y que el enfoque debe ser preventivo, educativo y restaurativo. En lugar de endurecer las penas, se debería invertir más en programas de inclusión social, educación, atención psicológica, y justicia juvenil especializada.

En conclusión, la Ley 32330 plantea una discusión compleja que no debe ser abordada con soluciones simplistas o populismo punitivo. El reto del Estado es garantizar seguridad sin renunciar a los principios del Estado de Derecho ni a la protección integral de la niñez y adolescencia. Una sociedad verdaderamente justa no castiga más fuerte, sino que educa y repara con mayor eficacia.