Según Contraloría
Un reciente informe emitido por la Contraloría General de la República ha puesto al descubierto serias deficiencias técnicas y administrativas en la ejecución de la obra “Creación del servicio de transitabilidad vehicular, peatonal y muros de contención en el caserío de Virahuanca, distrito de Moro, provincia del Santa”. El proyecto, valorizado en S/ 6,236,353.97, fue materia del Informe de Control N.° 033-2025-OCI/0344-SVC, que identifica hasta nueve situaciones adversas que podrían generar un potencial perjuicio económico al Estado.
Entre las observaciones más graves figura la falta de controles de calidad en la ejecución de los pavimentos flexible y rígido, lo cual contraviene la norma técnica CE.010 y compromete la durabilidad de la obra. También se advierten errores en la elaboración de la fórmula polinómica, afectando el cálculo de los reajustes de precios y favoreciendo pagos indebidos al contratista.
El informe cuestiona la aprobación de partidas como la base de afirmado para pavimento rígido, sin contar con el debido estudio de mecánica de suelos, además de la omisión del mejoramiento del terreno. Asimismo, se señala la presencia de fisuras en estructuras de concreto, el desgaste prematuro del asfalto, y el uso de concreto con resistencia inferior a la establecida en la norma E.060, lo que reduce significativamente la capacidad estructural y pone en riesgo la seguridad de los usuarios.
De igual manera, se detectaron pagos por metrados no ejecutados, como en el caso de las rejillas metálicas, lo que infringe la Ley de Contrataciones del Estado. También se observó la omisión de registros en el cuaderno de obra digital y la falta de actualización de la plataforma Infobras, lo que limita el control y seguimiento del proyecto.
Este caso evidencia una cadena de omisiones e incumplimientos por parte de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Moro, tanto en la supervisión como en la ejecución del contrato. La Contraloría ha señalado que estas deficiencias no solo afectan la calidad y vida útil de la obra, sino que podrían derivar en un perjuicio económico directo al Estado.
Frente a este escenario, corresponde que se determinen responsabilidades administrativas y se adopten medidas correctivas de manera inmediata.