Después de tres años
El 6to Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia del Santa, ante la exigencia de la parte agraviada, luego de una larga lucha legal a través del planteamiento de nulidades y un recurso de apelación, incorporó a la empresa LECHE GLORIA S.A. como tercero civil responsable, en el proceso que se sigue contra Henrry Francisco Bravo Rodríguez, conductor del vehículo pesado de propiedad de las Empresas RACIENSA y LECHE GLORIA SA, por el delito de Lesiones Culposas Graves.
El imputado es sindicado de ser el causante del accidente de tránsito ocurrido el pasado 27 de junio del 2022 en Nuevo Chimbote, a la alt. del km 423 + 300 de la Av. Panamericana, Norte, cuando el vehículo en mención, colisionó con otro vehículo de transporte pesado, para luego chocar frontalmente al vehículo que conducía el pequeño empresario Omar Saona Sánchez,quien iba acompañado de su esposa y su menor hijo de meses de nacido.
Omar Saona llevó la peor parte del accidente, su pierna izquierda quedó semidestrozada y atrapada entre las unidades motorizadas, logrando ser rescatado por los bomberos mientras que su esposa y su pequeño hijo tuvieron sendos golpes en el cuerpo del cual se vienen recuperando paulatinamente.
Luego de tres años del referido accidente y por el incansable batallar de Omar Saona Sánchez y su abogada Isabel Sagastegui Donayre, exigiendo justicia, la Corte del Santa incorporó a la empresa LECHE GLORIA S.A. en este proceso, superándose graves errores de la Fiscalía, luego de que, a pesar que el 31 de enero del 2023, la Fiscal Lucía Silva Anhuamán, al formalizar investigación preparatoria, no requirió la incorporación como tercero civil responsable, de las dos empresas propietarias del vehículo causante del accidente de tránsito, como correspondía, sino, únicamente de una de ellas, como es la empresa RACIENSA, dejando de lado a la Empresa Gloria SA, propietaria del tanque isotérmico que tenía el logotipo de la empresa LECHE GLORIA S.A., que componía el vehículo en cuestión, al tratarse de un vehículo articulado o combinado vehicular, afirmó la defensa técnica.
Corrobora su posición legal la abogada Isabel Sagastegui Donayre, con el Informe Pericial de accidente de tránsito de la PNP, que concluyó que el “factor determinante del accidente de tránsito, lo constituye el combinado vehicular en referencia, por lo cual el vehículo de Omar Saona quedó destrozado e inutilizable”.
Además, afirma que “el apoderado legal de la empresa LECHE GLORIA S.A., se apersonó y solicitó la devolución del vehículo que originó el accidente”.Pero, a pesar de toda esta información con la que contaba la fiscal Silva, no requirió a la empresa LECHE GLORIA S.A. como tercero civil responsable en este hecho punible y solo requirió a RACIENSA.”
Al observar esta falencia Jurídica, la parte agraviada solicitó al Juez del 6to juzgado Penal de Investigación Preparatoria, se instara a la Fiscal Silva Anhuamán, para que se pronunciara y cumpliera con el requerimiento omitido por dicha Magistrada, pero la Representante del Ministerio Público sólo respondió “que no se oponía a lo solicitado por la Abogada de los agraviados, esto es, a que GLORIA S.A. sea incorporada como tercero civil responsable en este proceso penal”, con un simple documento sin sustento legal e incumpliendo con los requisitos de formalidad, pues nunca emitió un requerimiento formal en cumplimiento de la norma procesal.
Hoy, tres años después y con la decisión de la JuezaLiz Fabiola Muñoz Beteta, Omar Saona Sánchez exige celeridad en el proceso, y que prontamente se dé inicio al Juicio Oral, que conllevará a la sentencia del caso, a efectos de que se le haga justicia. Al respecto, Saona Sánchez con voz baja dijo “esto ha cambiado toda mi vida, nunca volveré a ser el mismo, no puedo trabajar, mi pierna izquierda está inutilizada, tuve que gastar el capital de mi pequeña empresa, lo utilicé para volver a la vida, camino con una muleta para sostener mi pierna izquierda, ninguna de las empresas se acercó para brindarme alguna ayuda”, afirmó.
FISCAL PROTEGIDA
Cabe mencionar, que la Fiscal Lucía Silva Anhuamán, fue denunciada por los delitos de Omisión Funcional y Prevaricato, debido a la conducta reprochable que observó durante el trámite investigatorio, al omitir el cumplimiento de sus deberes funcionales y por emitir un pronunciamiento contrario a la norma expresa y clara, que le obligaba a realizar un acto procesal específico, cumpliendo una serie de requisitos de formalidad, no obstante, luego de largos meses sin que la Tercera Fiscalía Superior aperturase investigación, la Fiscal Superior Angélica Bayes Antúnez, cinco días después de haber juramentado en el cargo, Archivó el caso en contra de la mentada Fiscal Lucía Silva, sin haber dispuesto ninguna diligencia ni acto de investigación.
La Defensa técnica, ha solicitado la reapertura de la investigación presentando nuevos elementos de convicción y fundamentando que no se ha llevado una debida investigación, y se encuentra a la espera del pronunciamiento de la Fiscal Superior Angélica Bayes Antúnez, quien en días pasado se negó a recibir a la prensa y no autorizó el ingreso del agraviado Omar Saona Sánchez a las instalaciones de las Fiscalías Superiores, a pesar que este último había llegado al lugar con mucho esfuerzo pues debido al accidente de tránsito ha quedado discapacitado de por vida.
Al respecto, el agraviado manifestó su indignación pidiendo “una severa investigación por el actuar de la fiscal Bayes Antúnez quien estaría protegiendo a la cuestionada fiscal Lucía Silva Anhuamán con total impunidad”.