Noticias Locales

Juez Javier Carrión explica decisión sobre caso de tocamientos indebidos

Caso de imputado Víctor Manuel Coral Grandez:

Ante las críticas en redes sociales por declarar infundado el requerimiento de prisión preventiva contra un sujeto investigado por presuntos actos de tocamientos indebidos, el juez Javier Carrión Basauri emitió un comunicado aclaratorio donde expone las razones jurídicas detrás de su decisión, en un caso altamente sensible por tratarse de un presunto delito contra la libertad sexual.

El magistrado precisó que esta es la segunda vez que se evalúa el caso del investigado Víctor Manuel Coral Grandez (54), pero que en el primer proceso, que lo vio una magistrada, el fiscal no solicitó prisión preventiva.

En este segundo caso, visto en su turno, explicó que el pedido fue declarado infundado por no haberse acreditado la existencia de “sospecha grave” de la comisión del delito, uno de los tres requisitos legales necesarios para dictar una medida de esta naturaleza.

Carrión también se refirió a las críticas por la atención que brindó el imputado a la supuesta agraviada en su domicilio y no en la clínica donde practica, indicando que fue un acuerdo entre este y la denunciante, según mensajes extraídos del celular de la agraviada.

Además, aclaró que la negativa del investigado a desbloquear su celular no fue determinante, ya que no hubo controversia sobre su presencia en el lugar de los hechos.

Respecto a la falta de corroboración, el juez enfatizó que el Ministerio Público sustentó su pedido principalmente en la declaración de la víctima, sin contar con un peritaje psicológico u otro elemento objetivo adicional.

Incluso, señaló que el fiscal reconoció no contar con la documentación del estado de salud de la denunciante, quien tendría antecedentes de salud mental, pero sin pruebas que reforzaran su testimonio.

El juez manifestó que, como persona, rechaza cualquier forma de violencia sexual, pero como magistrado está obligado a actuar conforme a la ley y a los medios probatorios disponibles. “Para imponer prisión preventiva es indispensable que se cumplan todos los requisitos legales, lo que en este caso en particular, no ocurrió”, señaló.

Finalmente, informó que el caso será revisado por la Sala de Apelaciones, conforme al debido proceso.