Se declaró improcedente acción de amparo:
En un fallo con implicancias institucionales y éticas de gran envergadura en sus autoridades que hoy dirigen la Universidad Nacional del Santa, Dra. América Odar Rosario (Rectora) Dra. Romy Kelly Mas Sandoval (Vicerrectora académica), y Gilbert Nilo Rodríguez Paucar (Vicerrector de investigación), el Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia del Santa ha declarado improcedente la acción de amparo presentada por la UNS con la que pretendía anular resoluciones judiciales que ya contaban con “calidad de cosa juzgada”.
La sentencia, expedida mediante la Resolución N.°5 del expediente 00193-2024, recuerda que las resoluciones judiciales firmes no pueden ser cuestionadas mediante procesos constitucionales, salvo que exista una violación manifiesta a derechos fundamentales, lo cual no se verificó en este caso.
Cabe señalar que el fondo del proceso se remonta al reconocimiento judicial del nombramiento de los docentes universitarios desde enero de 2022. La UNS no interpuso apelación contra algunas sentencias, permitiendo que adquiera carácter consentido. Posteriormente, solicitó un plazo adicional para cumplirla, pero luego cambió de estrategia, pidiendo declarar su inejecutabilidad, este argumento legal fue rechazado en todas las instancias.
El Juzgado Constitucional precisa que no existe vulneración de derechos fundamentales, y que la Universidad Nacional del Santa incurre en un uso inadecuado del proceso de amparo, intentando abrir una nueva instancia para cuestionar argumentos cuando ya han sido resueltos de manera definitiva. En ese sentido, reafirma que el cumplimiento de las sentencias es una obligación jurídica que no puede ser eludida bajo argumentos presupuestales o administrativos, manifestó el docente Dr. Omar Bellido.
Esta sentencia es un precedente importante en la defensa de los derechos laborales, el respeto a la cosa juzgada, y la lucha contra las malas prácticas legales de algunas instituciones públicas que intentan generar dilación al cumplimiento de mandatos judiciales. Con esta resolución, se espera que la Universidad Nacional del Santa cumpla sin más dilaciones con lo ordenado por la justicia, respetando así los principios del Estado Constitucional de Derecho, así lo manifestó la abogada Zulmira Chero asesora legal del colectivo independiente de docentes universitarios.
Asimismo, el Dr. Omar Bellido se pregunta, ¿Qué hay detrás de tanta insania, mala voluntad y resistencia por parte de las autoridades y oficinas administrativas hacia docentes que han obtenido legítimamente su nombramiento por mérito propio? ¿Por qué el cumplimiento de una sentencia firme, que reconoce un derecho validado, según normatividad vigente, genera tanto afán de obstaculización?
Otros docentes señalaron que es preocupante constatar como se viene caricaturizando y despreciando a la nueva generación de docentes universitarios, señalándolos con argumentos triviales -”son de tal grupo”, “vienen con sello de la gestión anterior rectoral”-como si sus logros fueran el resultado de componendas y no de un proceso de ingreso al sistema universitario según la ley 30220.
Prosiguieron diciendo que la universidad no puede convertirse en una trinchera de intereses pequeños ni en un espacio de poder mal ejercido, donde se categoriza a los docentes según conveniencia y no conforme a sus méritos y compromiso académico. Defender a la universidad no es bloquear derechos, ni usar los recursos institucionales para perseguir silenciosamente a quienes han ganado legítimamente un lugar. Al contrario, la verdadera defensa institucional se expresa en el respeto a la justicia, la dignidad de los catedráticos y la ética pública.