La Oficina Regional del Indecopi en Áncash (ORI Chimbote) sancionó en primera instancia administrativa al Banco de Crédito del Perú S.A. y a Credicorp Capital S.A. – Sociedad Administradora de Fondos (Credicorp SAF) con una multa total de S/ 184.949 (equivalente a 34,57 UIT), tras comprobar que una consumidora fue víctima del retiro sistemático y no autorizado de S/ 60.000 de su cuenta de fondos mutuos y de la apertura irregular de productos financieros a su nombre.
La investigación determinó que el Banco de Crédito del Perú S.A. abrió una cuenta de ahorros y emitió una tarjeta de débito a nombre de la afectada sin solicitud ni autorización, contraviniendo las normas que prohíben modificar los términos de un servicio sin consentimiento expreso. Este hecho motivó la imposición de una multa de 11,60 UIT y la orden de eliminar la cuenta y cancelar la tarjeta asociadas.
Por su parte, Credicorp Capital S.A. – Sociedad Administradora de Fondos permitió la realización de cinco retiros no autorizados de la cuenta de fondos mutuos de la afectada, sin aplicar las medidas de seguridad necesarias para proteger dichos fondos. Los recursos fueron transferidos a la cuenta abierta irregularmente por el Banco de Crédito del Perú S.A., vulnerando el deber de idoneidad e implicando una multa de 22,97 UIT.
Durante el proceso administrativo, ambas entidades argumentaron falta de legitimidad para obrar pasiva y prescripción de las imputaciones, indicando que los productos y movimientos no les correspondían o que la denuncia se había presentado fuera del plazo legal. Sin embargo, la comisión estableció que la titular originaria de Áncash tomó conocimiento de las irregularidades tras retornar al país en julio de 2024, lo que habilitó la intervención dentro del plazo permitido.
El Indecopi precisó que la apertura de la cuenta y la emisión de la tarjeta carecieron de verificación adecuada de identidad, ya que las firmas utilizadas no coincidían con las oficiales y la titular se hallaba en España en las fechas señaladas. Además, los retiros en el fondo mutuo se autorizaron mediante documentos cuya autenticidad fue cuestionada y presentaban divergencias con la firma registrada.
Medidas correctivas y plazos para la devolución de fondos
Como medidas correctivas, se dispuso que Credicorp SAF restituya la suma de S/ 60.000 más intereses legales a la afectada en un plazo máximo de quince días hábiles. El Banco de Crédito del Perú S.A. deberá eliminar los productos financieros abiertos indebidamente y cancelar la tarjeta emitida sin autorización. Ambas entidades deberán abonar solidariamente S/ 36 por las costas del procedimiento. La sanción incluye, además, la inscripción en el Registro de Infracciones y Sanciones del Indecopi y el pago de las multas dentro del plazo señalado.
La decisión, dictada en primera instancia, puede ser apelada por las entidades financieras ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi.
Entre los hallazgos del caso destacan la transferencia de los fondos sustraídos a la cuenta abierta irregularmente, el incumplimiento de los procedimientos de verificación de identidad y la vulneración de la obligación de idoneidad por parte de ambas entidades. Sin radares, ni comunicación por radio, la consumidora recién pudo detectar las irregularidades al retornar al país, lo que permitió activar el proceso de reclamación ante la autoridad.

