La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) dispuso una nueva ampliación del plazo para que universidades con licenciamiento denegado puedan continuar brindando el servicio educativo, según señala una resolución de dicho organismo, publicada este jueves, 1 de enero, en el diario oficial El Peruano.
El referido documento indica que el Consejo Directivo de la entidad, presidido por su nuevo superintendente Vicente Espinoza Santillán, resolvió, de manera unánime, «que las universidades y escuelas de posgrado con licencia institucional denegada que se encuentren prestando el servicio educativo en el marco del proceso de cese de actividades puedan optar por una ampliación excepcional de hasta doce (12) meses adicionales al plazo de cese previsto» en el reglamento de Sunedu.
Cabe destacar que el Reglamento del Proceso de Cese de Actividades de Universidades y Escuelas de Posgrado, aprobado en septiembre de 2018, indica que «la universidad con denegatoria o cancelación de la licencia institucional, señala un plazo de cese que no debe exceder el plazo máximo de dos (2) años, contados a partir del semestre siguiente a la fecha de notificación de la resolución de denegatoria o cancelación de la licencia institucional».
Es decir, las casas de estudios superiores que hayan optado por el plazo máximo de 2 años para cesar sus actividades tras denegárseles el licenciamiento ahora podrán acogerse a una ampliación de 12 meses desde dicha fecha prevista. Para ello, deberán comunicar a la Sunedu la nueva fecha de cese de actividades «en un periodo no menor a cuarenta y cinco (45) días hábiles», desde la aprobación de la resolución oficializada hoy.
Sin embargo, esta no es la primera vez que la superintendencia aprueba una ampliación del servicio educativo para universidades con licenciamiento denegado. Desde el 2020, esta es la quinta ocasión en que la Suneduemite una resolución de esta naturaleza.
Resoluciones que ampliaron plazos para universidades con licenciamiento denegado
En junio de 2020, el Consejo Directivo de la Sunedu aprobó la resolución N° 044-2020, mediante la cual universidades y escuelas de posgrado con licencia denegada quedaban habilitadas para solicitar una «ampliación excepcional de su plazo de cese de actividades» de hasta por 3 años, los cuales serían «adicionales a los dos (2) años ya previstos» en el Reglamento del Proceso de Cese de Actividades.
En ese entonces, la superintendencia justificó la extensión del plazo alegando que las medidas de cese previstas por las casas de estudios se habían visto «interrumpidas por el cumplimiento de las medidas de distanciamiento social obligatorio vigentes» durante la pandemia de la COVID-19.
Hasta ese momento, 45 instituciones de educación superior universitaria no habían obtenido el licenciamiento institucional, esto es entre el último trimestre de 2018 y mayo de 2020. De dicha cantidad, 35 universidades habían indicado que su cese de actividades sería entre diciembre de 2019 y abril de 2022.
La Sunedu dispuso que las universidades que quisieran acogerse a la ampliación del plazo debían informarlo «6 meses antes del vencimiento del plazo declarado». Además, debían presentar «un Plan de Operaciones debidamente sustentado».
Detalle de la resolución de 2020 que otorgó la posibilidad de ampliar por 3 años el plazo de cese de actividades para universidades con licenciamiento denegado.

